Presentamos una solicitud de marca y de nombre comercial. Según nos ha comentado mediante carta un despacho de abogados especialistas en el tema una empresa se ha opuesta a dicha solicitud. Mi pregunta es la siguiente:
1. ¿La Oficina Española de Patentes y Marcas tiene obligación de notificarnos la oposición personal e individulamente?
¿Tiene, asimismo, obligación de notificarnos personalmente la resolución de concesión o denegación?
¿O, en ambos casos, si sólo tiene obligación de publicarlo en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial?
2.- ¿El acceso al Boletín Oficial de la Propiedad Industrial es gratuito o tengo que abonar por consultarlo?
3.- ¿Hay alguna forma de consultar el estado de nuestro expediente gratuitamente?
4.- ¿Es obligatorio que el procedimiento lo lleve un abogado especialista o un agente de la propiedad intelectual?
yo te diría que efectivamente, es mucho mejor que te lo lleve un especialista, eso hace que vaya a informarte del procedimiento, del estado del expediente, de las sucesivas resoluciones y de la emisión del certificado título en última instancia, la OEPM no siempre comunica de oficio por eso sí conviene contar con un abogado o agente,
de todos modos, si me dices de qué expediente se trata, sin compromiso te informo del estado en el que se encuentra,
espero haber aclarado tus dudas, en caso contrario y en caso de considerarlo puedes ponerte en contacto conmigo y te atendaré gustosamente viniendo de porticolegal atiendo gratuitamente tu consulta,