Recibida una diligencia de embargo de cuentas del ayuntamiento por una deuda que deriva de un acuerdo de valoración catastral ( subida del IBI años pasados). Solicito el expediente administrativo para ver la notificación de la providencia de apremio, asi como de la liquidación en via voluntaria. El caso es que me mandan el acuse de recibo del propio ayuntamiento ( no de CORREOS) y la publicación en boe, pero en el acuse aunque el domicilio es correcto,me llama la atención, que los 2 intentos de entrega (fecha y hora) vienen puestos de manera mecanizada, salvo la firma de quien intenta la notificación que es manuscrita. ¿Esto es válido? Tenia entendido que quien practique la notificación deberá cumplimentar la diligencia de la misma( fecha, hora y firma..todo a mano y boli en el mismo momento del intento fallido) no me cuadra que un agente notificador vaya a mi casa dos días y a horas distintas, y solo firme, sin poner fecha y hora, y que se ponga despues de manera mecanizada..¿Esto se puede recurrir en un contencioso como notificación defectuosa?
Si usted ha recibido la notificación, ellos pueden acreditar que usted ha recibido la notificación y la notificación tiene todos los elementos que tiene que tener (texto íntegro de la resolución, recursos que proceden contra ella, etc.), entonces la notificación no es defectuosa.
La resolución que era la providencia de apremio, no la recibí, por eso pedí el expediente administrativo, porque tampoco tenia aviso en casa para ir a retirarla de la oficina. Y cuando vi la diligencia de notificación con los 2 intentos de notificación, no estaba cumplimentada a mano, sino la firma de quien intentó hacer la notificación a boli y la fecha y hora venia mecanizada. Por eso me resultó raro, si vas a un domicilio y no está la persona, se rellena la diligencia sobre la marcha, pero eso de firmar a mano y posteriormente mecanizar el resto de datos (fecha y hora)... Es como si la hubieran hecho a posteriori y realmente no la intentaran. Por eso mi duda de si es defectuosa