Gracias Nuria, hace unas semanas mandamos un burofax a la madre para que nos dijera que periodo de vacaciones quería para disfrutar con el niño, ya que este año le tocaba elegir a ella, explicamos que de no contestar dariamos por hecho que le es indiferente en cuyo caso elegiriamos el segundo periodo, pedimos que contestara antes del 5 de junio, veo que no va a contestar y que además si lo hace lo hará fuera de plazo y de un dia para otro... de todos modos hoy ya hace 2 mese que no cumple el régimen de visitas por lo tanto pensamos que no nos dará al niño por vacaciones o pondrá todos los impedimentos que pueda... vosotros que pensais??? si no nos lo diera para vacaciones cuando nos pertenece hay que denunciarla , mi marido dice que irá a diario si es preciso y a diario la denunciará si no le da al niño.... hasta hemos pensado que si no contesta al burofax probar a ir el primer periodo por si nos lo da , en el caso que no nos lo diera ya no puede decirnos el en segundo periodo que nos tocaba el primero...pq ella es de esta manera!!! de verdad que esto es de locos y no sabemos ni que hacer!!! de nuevo nos aconsejaiais???? GRACIAS!!!!
Aún así, cuando los gastos acreditados superan los ingresos, se puede conceder excepcionalmente por el artículo 6 de la Ley. Por tanto, si se ha quedado en paro con o sin derecho a subsidio y los gastos son muchos, impugnación y que decida el juez porque suelen otorgarla. Eso si, deben quedar los gastos muy bien acreditados. Además, en algunas comunidades el letrado que defiende a la administración, no suele presentarse a la vista.
Un saludo.
Nosotros grndes cantidades en las cuentas no tenemos, nuestro importe es 0€, y por inmuebles, tan solo tenemos nuestro piso y con un hipoteca encima de 50años... espero que sea así pq si no no sé que haremos..., el miedo que nos da es que como ella está al acecho, vuelva a hacernos algo juridicamente, mientras nos dan el abogado de oficio, ya que nuestro abogado retiro los papeles del juzgado, los de modificación de medidas para que no llegaran a ella y viera el abogado privado, dijo que era mejor empezar de cero pedir el abogado de oficio y que él lo presentara, yo no sé si hemos hecho bién o no...la verdad es que ahora mismo siento que vamos a la deriva, y que ella es capaz de culaquier cosa y nosotros pendientes de que nos concedan el abogado de oficio...no sé en fin!!! Ni siquiera sé que se le puede pasar a este tipo de personas por la cabeza para hacerte la vida tan imopsible, no lo comprendo y creo que no lo comprenderé nunca,...
Gracias tod@s.
El artículo 3.1 de la Ley de Asitencia Jurídica Gratuita indica que los ingresos que cuentan son los que se perciben en el momento de la solicitud, pero igualmente también hay que tener en cuenta el patrimonio. Lo habitual es que no se otorgue Justicia Gratuita a una persona que quizá esté en paro pero tenga más de un inmueble o tenga grandes cantidades de dinero en cuentas bancarias, salvo que se dieran una serie de circunstancias excepcionales.
yo llevo desde julio en paro, por el hecho de estar en paro me dijeron que me correspondia justicia gratuita por no disponer de medios, he solicitado varios abogados de oficio que se me concedieron pero después la xunta de galicia me denegó por ser mis ingresos de 2007 de 23.000 €. Ojalá pudiese vivir de lo que cobré hace 2 años, pero no es así. Cada denegación de la xunta tuvo su correspondiente impugnacion. Al impugnar se remite todo al juez del juzgado para el que se pidió la justicia gratuita, y como es de justicia, el juez, viendo que llevo un año sin cobrar 'absolutamente nada' dijo que si tenia derecho a esa justicia gratuita. Suerte a todos
Si no te lo aprueban a la primera puedes recurrir, a nosotros nos dicen que mi marido gana 1050.00 brutos mensuales por eso no se lo aprobaron, y nos dijeron que enviaban la documentación a la comisión gratuita por el tema de gastos.
No te desanimes, y espero que se te resuelva en positivo.
Gracias a todos, hoy hemos estado en el juzgado hemos rellenado toda la documentación, dice que saldrán los papeles como muy rápido en un mes y el 30 de junio aqui en almeria los abogados de ofcio se ponen en huelga, así que ya veis el panorama que se nos avecina....
ENcima ni siquiera estoy segura de que nos lo aprobaran ya que mi marido tiene en la declaración de hacienda unos ingresos de 15000 € brutos , son 11000 con las deducciones, pero creo que tan solo miran los ingresos brutos no????, entonces como dice Nuria creo que no nos lo cond¡cederan a pesar de que lleve en paro 6 meses y ya esté cobrando la ayuda... esto es así???
Ibicenca, no estoy totalmente de acuerdo con el criterio de su abogado. Cierto es que si ella litiga con justicia gratuita y Vds. alegan la imposibilidad de incumplimiento de la obligación del abono de la pensión, puede chocar que les defienda un abogado particular, pero creo que eso se subsanaría presentando la minuta que hayan abonado sus padres al abogado, dando la explicación por adelantado, pues es perfectamente lícito que la contratación y pago de la minuta, la realice un tercero y es frecuente en los juzgados que se produzca un caso como el suyo.
Vd. tiene total libertad para elegir abogado, es un derecho que le asiste y dicha elección no puede ser utilizada en su contra, y más ahora, cuando se está denegando en muchas comunidades autónomas, la justicia gratuita a personas que cumplen los requisitos al quedarse en paro.
Debe escoger al abogado que crea va a defender mejor sus intereses.
Un saludo.
Ibicenca, ante todo ánimo.
Por nuestra experiencia te diré, que nos pasó como a emigrante, que incluso tuvimos el abogado designado antes de acabar de presentar todos los papeles.
Por otra parte, para el divorcio nosotros también pensamos en pedir un credito para pagar un abogado bueno (pues el de oficio, lo poco que nos atendió, siempre fue de muy mala gana), pero nos aconsejaron que no lo hicieramos puesto que verian que sí teniamos dinero y igual pensaban que él trabajaba en negro y ponían un pensión elevada.
Aunque si te soy sincrea, no sé que hubiera sido mejor...
Hola Emigrante, puntualizar que no en todos los sitios se pide la misma documentación, por ejemplo el certificado de signos externos no se solicita en alguna comunidad. Por otro lado, ya puede darse con un canto en los dientes si le contestaron en una semana y un mes... pero lo que me extraña es lo del correo ordinario, puesto que en una resolución donde se da plazo para recurrir ha de constar de forma fehaciente la fecha de la recepción. Como usted dice, cosa de los Reinos de Taifas...
“El primer requisito para solicitar Justicia Gratuita es no tener unos ingresos BRUTOS superiores al doble del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) de 14 pagas, se publica cada año a primeros de enero, este año el doble del IPREM de 14 pagas está en 14762.66 euros. El SMI, es más alto, no se utiliza en estas cuestiones.”
Añado que este cómputo se realiza sobre los ingresos de la “unidad familiar”, por cierto, hay tesis que afirman que este concepto carece de significado a efectos jurídicos, sólo se define a efectos tributarios, y no es aplicable a efectos de derecho individual al acceso a la justicia. Dejando aparte aspectos metafísicos hay que estar a la cruda realidad.
La contestación de vuestro abogado ha sido, creo, muy correcta. Van a ver, desde su punto de vista, que tenéis posibles, que si os buscáis la vida para que os paguen un abogado porque no os la buscáis para pagar la pensión. Es así como razonan, las demás consideraciones no cuentan.
Pagar siempre algo, aunque sea una cantidad simbólica, no es que sea especialmente significativo por si mismo, pero puede contribuir a que se aprecie una no existencia de dolo si se presentara denuncia por un delito de abandono de familia.
Con respecto a cuanto tardan en concederte un abogado de oficio, cuento mi caso.
Una vez que presenté la documentación requerida, tardaron, vamos a ver, ¡Una hora!, en concedérmela de forma provisional, con designación de abogada y procurador, en mi caso, en una semana y un mes en venirme la aprobación firme por CORREO ORDINARIO. Esto en el País Vasco, ventajas y desventajas de los Reinos de Taifas y luego, todos somos españoles. A río revuelto…
La documentación requerida ha de estar acorde con el procedimiento a seguir, la general puede ser, más o menos, la siguiente:
- Copia DNI, Pasaporte o NIE.
- Certificado de bienes, certificado de liquidación IRPF, relativo a los últimos 5 ejercicios económicos, o justificante de su no presentación, certificado de cuentas, bienes y/o valores. Todo se solicita en Hacienda.
- Vida Laboral. Se solicita en la Tesorería General de la Seguridad Social.
- Certificado de inscripción en el INEM como demandante de empleo y certificado de la percepción o no de prestaciones o subsidios. Se solicita en el INEM.
- Certificado de Signos Externos de Vida, certificado de convivencia y certificado de empadronamiento. Se solicita en el Ayuntamiento de la localidad de residencia.
- Fotocopia de la sentencia de separación matrimonial y/o divorcio y/o guarda y custodia; y fotocopia del convenio regulador en su caso.
Y hasta aquí, mas o menos, los generales. Luego, puede haber más en función de cada caso o Reino de Taifa/Autonomía en concreto.
Nota.- El que más suele tardar es el Certificado de Signos Externos de Vida, ya que requiere de constatación policial, solicitarlo en primer lugar. Dicho sea de paso la información ha de ser actualizada, máximo un mes desde que fue expedida.
Sobre la solicitud de un abogado de oficio para una Modificación de medidas. Te comento nuestro caso, pedimos la cita tuvimos que esperar 3 meses luego llevamos toda la documentación que se nos pidió créditos, pagos de alquiler etc.. A fin de demostrar que tenemos muchos gastos, 15 días para entregarlo todo, luego nos dicen que tenemos que esperar un mes mas o menos mientras estudian toda la documentación nos dieron día y hora, así fue hemos ido y nos lo denegaron, nos dicen que pasara a la comisión de justicia gratuita y que nos llegara una carta en 3 semanas, y llevamos esperando mes y medio, aunque hemos llamado para saber si se nos asigna o no, que aun no se sabe nada, que esto nos llegara por correo certificado. Hay que armarse de mucha paciencia. Esto pasa en Catalunya.
Si en vuestro caso demostráis que no superáis el doble del IPREM no tendríais que esperar demasiado.
POr cierto que tardan en concederte un abogado de oficio??? y que documentación solicitan para pedirlo??? si podeis darme está información lo agradecería...ya que ha pasado mucho tiempo de la otra vez que lo solicitamos y no recuerdo...gracias!!!
Nos vemos en la situación de no tener dinero para pagar la manutenció
De nuevo aqui con mis penas y mis GRANDES dudas, ahora nos vemos en la situación de no tener dinero para pagar la manutención, un amigo no ha recomendado que ingresemos lo que podamos una cantidad simbolica y que le mandemos un telegrama explicandole que su intención es pagar la manutención pero que se encuentra en situación desempleo y que no llega, que cuando vuelva a trabajar volverá hacer frente a los 250€.... a vosotros que os parece??? ya hemos presentado en el juzgado por segunda vez modificación de medidas pero nunca salen ....como ya sabreis sin embargo primero llega el embargo de cuentas de ella.
Por otro lado mis padres nos han buscado un buen abogado, para que nos defienda en todo esto, pagandolo ellos, claro!!! pero este abogado no ha dicho que esto no nos beneficiaria ya que el juez no entendería que mis padres lo paguen , si no que verían que pidiendo modificación de medidas y sin tener un duro llevamos un abogado privado... eso es así???? nos ha recomendado apesar de irarse piedras en su tejado que busquemos uno de oficio que seguro nos lo darán, yo me he sentido tan mal que he creido que "se estaba escurriendo el bulto" pq lo tenemos fatal. Además que ya tubimos una vez mala experiencia con un abogado de oficio, supongo que no es normal generalizar y que no todos serán igual , no?