Hola buenos días. Vivo en un edificio con garaje comunitario en el cual tengo 2 plazas de garaje juntas, en dichas plazas de garaje meto mi coche, un kayak que tengo candado a un pilar que está pegado a mis plazas de garaje y algunas veces mete la novia también el coche, las 3 cosas en las dos plazas de garaje no sobresalen de las 2 plazas de garaje a zonas comuniones. Hoy después de 6 años se a quejado una vecina, y me llama la administradora del edificio contándome eso y diciéndome que no puedo tener eso en las plazas, el kayak. Mi pregunta es, puedo tenerlo o no puedo tenerlo? Saludos y gracias
Buenas noches, yo pago los gastos de comunidad donde entra el ascensor (no sé si ahora me dirán que no pague el ascensor) pero el caso es que llevo usandolo 30 años que es cuando compre la plaza de garaje. En la escritura pone que tengo derecho a los elementos comunes...
Con la aprobación del presupuesto anual de la Comunidad, acordado en Junta General, debe estar establecido el reparto de las diferentes partidas. De esta manera debe estar claro a que partidas del presupuesto tienen que contribuir los propietarios de plazas de garaje y a cuales no.
Por supuesto, no tienen que contribuir a todas.
¿Pertenece usted a la comunidad de propietarios? ¿ Tiene voz y voto en las Juntas?
En principio el criterio que se apruebe en juntas prevalece, aunque habrá que ver si dicho criterio se considera abusivo, contrario al ordenamiento juridico, abusivo para el uso cotidiano del inmueble etc etc.
Eso lo valoraría un juez.
Cuando usted dice que paga los gastos de comunidad, ¿ a que gastos se refiere?
Paga limpieza de escaleras, luz de escaleras, luz y mantenimiento del ascensor, si se funde una bombilla del último piso usted contribuye?
O sólo paga el seguro del edificio y administración?
Buenos días,
A ver yo tengo una plaza de garaje en el segundo sótano en un edificio donde hay viviendas y garajes que he comprado en Valladolid hace treinta años. Para salir del garaje, una vez dejado aparcado el coche en la plaza, podia salir a la calle usando un ascensor que tiene el edificio que nace en el segundo sótano y no tiene puerta en el primer sótano (yo le cogia solo hasta el portal porque no tengo ningún piso), unas escaleras que van por fuera del garaje y suben hasta el portal o a través de la rampa.
Ahora, ha habido una reunión de la comunidad y han decidido que los propietarios de garajes que no seamos propietrarios de viviendas no vamos a poder usar el ascensor. Han puesto una cerradura en el ascensor y cuando he ido al presidente a pedir la llave me ha dicho que en una reunión se habia adoptado la medida mencionada. Yo pago los gastos que me corresponden de la comunidad.
Creo que no tienen razón por lo que me gustaría que me orientases.
Creo que no es normal que para salir del garaje solo te dejen usar la rampa de entrada y salida de los vehículos ya que tengo una niña pequeña y salir con el carrito de la pequeña es complicado cuando te cruzas con un coche entrado en el garaje...
No sé si esto esta regulado en algún sitio para Valladolid y por más que lo busco no lo encuentro.
Gracias y un saludo.