Hola;
Tengo una duda: se trata de la nómina de un trabajador de grupo de cotizacion 5 que está de baja por IT del 4 al 16 de julio.
El programa que utilizo me calcula la IT perfecta, pero los conceptos salariales a pagar por el periodo que no está de baja lo calcula asi:
El trabajador tiene un salario base fijo de 830 € todos los meses y calcula 830/31 y lo multiplica por los días de alta 18. Sin embargo al cotizar siempre por 30 dias no deberia calcularse 830/30 por 17 días?
Un saludo y gracias.
No, porque en realidad cotizas por 12 dias de baja no por 13.
El calculo seria asi.
Por un lado se cotiza por los días que (18 días) y por otro se cotiza por los días en situación de IT que se calcula Base Reguladora (Bccc mes anterior a la baja /30) multiplicado por 30-días trabajados, o sea 30-18 = 12 dias de baja..
El programa lo hace bien, le cotiza por 18 días de baja y 13 de alta.
Aunque se tenga salario mensual, cuando se está en IT los días de alta pasan a tener salario diario. Imagina que hubiera estado de baja del 1 al 30, y trabajando el 31; lógicamente son 30 días de IT y un dia de alta cobrando 830/31. Si hubiera sido en febrero, de baja del 1 al 27 y trabajando el 28, entonces 27 días de IT y un día cobrando 830/28.
Lo que no entiendo es el calculo de DUNE, ya que la base reguladora diaria se ha de multiplicar por los días de baja, no por la diferencia entre 30 menos los días de alta. Según este método, si en julio (31 días) estás 1 día de baja, resulta que 30 menos los 30 trabajados sería igual a cero.....
La forma de calculo que explico sale directamente de un caso practico del manual de cotizacion de la seguridad social.
Os copio el link. El supuesto es el 2.
Aunque se tome para el calculo la base diaria, realmente no hay que cotizar por mas de 30 dias. O al menos asi lo he entendido yo siempre.
http://www.seg-social.es/inicio/?MIval=cw_usr_view_Folder&LANG=1&ID=30787#30808
aqui pinchad en casos practicos.