Tendrán que hacer un escrito en el juzgado de 1º instancia, el funcionario les entregará el impreso, rellenar, les entregará copia sellada y en 20 días solucionado. Tengan en cuenta que si el presidente que le toca, alega y el juez le da la razón, nombrará a otro propietario y este pagará las costas. Se deben asegurar que esa persona, no tenga algún motivo de peso para no ser presidente. Enfermedad, sordomudo, edad avanzada, etc.
Tenga presente que los problemas comunitarios se solucionan mucho, aprobando en junta Reglamento de Régimen Interior. El vecino que no lo cumpla, ya tienen una base para reclamar legalmente, sin llevar el tema a la junta, es decir,el presidente está legitimado para enviar requerimiento de cese de actividades molestas, insalubres, dañosas a la finca etc.