Hola buenas noches, se que hace tiempo que no escribo, pero tengo una pregunta muy importante, por favor os agredeceria que me contestaseis si alguien lo sabe,resulta que estoy en una empresa en la que pagan muy mal a todo el mundo tienen miles de deudas, estoy en el periodo de prueba, y me quiero ir, quiero presentar mañana mi baja voluntaria, que pasa si mi jefe que es super retorcido no me la quiere firmar? si no me dan de baja solo por fastidiar, no puedo trabajar en otro sitio?
por favor agradeceria las respuestas, ya que quiero llevarle la carta mañana.
Gracias archilla por contestar tan rapido,pero mi dilema es y si no cogen el burofax,a mi ahora mismo lo del dinero me da igual como sino me pagan nada yo lo unico que kiero es salir de hay,y me preocupa que no les de la gana firmarme la baja y eso impida que me puedan dar de alta en otro sitio.
Q me puede realmente pasar si se niegan a firmar la baja?
Pienso que lo mejor es que escribas una carta indicando el dia que quieres que te den de baja y se la envias por burofax. Ten en cuenta que a la empresa les tienes que avisar con 15 dias de antelación de tu baja, y si nos les avisas te descontaran esos 15 dias del finiquito. Otra cosa no se el tiempo que llevas en esa empresa, pero ten en cuenta que si pides la baja voluntaria, te vas a quedar sin paro.
Yo lo tuve que hacer asi en una empresa y como les avise con 15 dias de antelación me lo descontaron del finiquito. Tambien te recomiendo que vayas a la oficina de empleo y comentes tu caso, hay te pueden asesorar.
No tiene porque dar quince días de preaviso, primero porque está en periodo de prueba, y segundo porque sino viene en su contrato o convenio no tendría porque hacerlo.
No se en que le pueden asesorar de esto en la oficina de empleo, la verdad.
Si no cogen el burofax que no lo cogan, ¿Que te puede pasar?, tu el día que hayas puesto como baja dejas de ir y ya está. ¿Que no te dan de baja?, ellos sabran porque tendrán que seguir pagando seguros sociales por un trabajador que ya no está, no creo que les guste.
Tu haz lo del burofax y luego ya se irá viendo.
SALUDOS.
Bajo mi punto de vista veo innecesario gastarse 27 euros en un burofax para comunicar una baja voluntaria dentro del periodo de prueba, lo que tienes que hacer es comunicar la baja voluntaria y si el empresario no la acepta alla él, él es el primer interesado en tener un documento que acredite la voluntariedad de la baja.
Quien te ha dicho que no ha falta dar los 15 dias, por norma general viene en todos los convenios. Si ademas eres un cargo superior tienes que avisar hasta con 1 o 2 meses de anticipacion a la fecha de baja.
Referente a que este en periodo de prueba no quiere decir nada, tienes que avisar como minimo con 15 dias, y si no ya te lo descontaran del finiquito. Ademas el periodo de prueba puede ser de 15 dias hasta 2 meses o mas, depende del cargo que tengas. Yo en mi caso he tenido hasta dos meses de prueba.
Tienes que tener el sello de la empresa en la carta de baja, una simple firma no sirve, por eso decia que fuera a la oficina de empleo, que en mi caso me sirvio.
Ringo12, lo de los 15 días debe venir en convenio, y no en todos viene, así que no entiendo esta ¿¿pregunta?? "Quien te ha dicho que no ha falta dar los 15 dias". Hay muchos convenios que preveen un preaviso y otros muchos que no preveen ningún preaviso (yo conozco unos cuantos de ambas clases). Y lo del cargo superior pues lo mismo, no se podrá dar una respuesta rotunda porque no la hay.
Y lo que no se sostiene de todas, todas, es que afirmes que hay que dar preaviso durante el periodo de prueba. Si fuera así, cuando hay periodos de prueba de 15 días, ¿como damos el preaviso? ¿A la hora de fichar el primer día?
Cuando no se está seguro de alguna cosa, vale más no sembrar la duda con inexactitudes, aunque se tenga la mejor voluntad del mundo.
Ah! Y si descuentan algo en el finiquito que no deban descontar (p. ej. un preaviso que no estoy obligado a dar porque el convenio no lo diga, un preaviso que disponga el convenio pero este no diga la consecuencia de no darlo, etc), para eso está el juzgado, para que lo devuelvan con intereses.
Como dice Llobu, no viene en muchos convenios, por ejemplo el de la construcción no lo contempla, por lo que nosotros lo ponemos en el contrato.
En cuanto al periodo de prueba normalmente y en concreto en el contrato fijo de obra viene especificado, que mientras dura ninguna de las partes tiene que darlo.
Lo que vale en un caso, no tiene porque valer siempre.
SALUDOS.
Buenas, acabo de salir de una demora de incapacidad permanente y me han dado el alta , pero yo me he dado de baja voluntaria , a la empresa, ¿cual es mi sorpresa? que estoy en baja cautelar, desde el 14 /11/2022 le pedí la baja voluntaria por wapsa y por email , ha pasado una semana y sigo en cautelar. veo que no me quiere sacar de aquí por fastidiarme. Me esta reteniendo contra mi voluntad. ¿puedo ir al penal por retenerme contra mi voluntad y así como conseguir la baja definitiva , si el no quiere? ¿como conseguir la baja definitiva y poder trabajar en otro lado? ¿por que con baja cautelar no te pueden dar de alta en otra empresa?
Usted notifico por escrito esa b.v., si es así a usted le da lo mismo que le tengan o no de alta cautelar, usted si tiene posibilidad de que le contraten en otra empresa no tiene ninguna necesidad de estar dado o node baja, si le mantienen de alta usted comienza a trabajar con otra empresa, (en éste país existe el pluriempleo) y luego cuando cumpla el mes les demanda reclamándoles la nómina mensual ya que sigue usted de alta, ya verá que rápido le dan de baja.
smo
No . de alta no estoy , sigo actualmente igual ,me dieron de baja por agotamiento de it. el 19/06/2022. pase la demora y yo no me presente a trabajar y aparte se lo he notificado el dia 14/11/2022, que pasa que yo no he recibido nada y en la tesoreria de la seguridad social me han dicho que la baja que aparece es la misma que habia de la ultima vez que pregunte.
Mi temor es que vayan a dar de alta en diciembre en otro lado y que no puedan, por esta en baja cautelar en la otra empresa . Y ¿hacienda? y que voy a reclamar si no me he presentado a trabajar .
Muchas gracias de todas formas por tu asesoramiento, me ha parecido bueno , gracias de verdad.
Usted ha notificado por escrito su excedencia, ellos que hagan lo que quieran, usted puede firmar con otra empresa, en España existe el pluriempleo así que si le mantienen de alta en la SS, es problema de la empresa, qué es eso de baja cautelar? Que no le cuenten milongas.
En cuanto a lo de que qué va a reclamar si no trabajo? Usted si está de alta o le mantienen de alta, a parte de las cotizaciones a la SS, usted puede reclamar el salario mensual por seguir de alta, lo de menos es si trabajo o no, usted sigue de alta pues sigue en la empresa por tanto que le paguen du nómina, verá que rápido se mueven para cursar la b.v.