Bueno pues le he comentado que a pesar de lo difícil que es hoy encontrar clientes, si no me abonaba las facturas integras con su IVA no podía trabajar con el y me ha dicho que me lo pagará.
Efectivamente quise decir 1º abril, facturar en marzo. Tiene un problema que antes solia resolverse con los llamados "informes comerciales".
En su caso puede meterle en un lío porque ante la Ley el responsable de recaudar e ingresar el iva es vd. y los demás no pueden jugar con esto. A ver si le convence.
Querrás decir el 1º de Abril. Es una solución, lo que ocurre es que yo no puedo aguantarle 3 meses sin cobrarle, entre otras cosas porque no tengo muy buenas referencias de el.
Por eso no me fío de aguantarle 3 meses de IVA tampoco.
Su cliente está incurriendo en ilegalidad. pues la ley obliga al emisor de la factura a recaudar el Iva conjuntamente en la factura ,e ingresarlo trimestralmente.
La solución en su caso, para no enfadar al cliente, podría ser emitir y cobrar la factura unos días antes de de 1º de marzo, que es la fecha de ingreso del IVA.
El cliente me lo argumenta con que así cuando yo haga la declaración no tengo que ponerlo de mi bolsillo porque me lo guarda el.
Y yo le argumento que lo que ocurre es que con el IVA de todos sus proveedores el gana intereses de tres meses, y que yo también tengo derecho a hacer eso.
Lo que me temo es que llegado el 31 de Marzo yo declare las facturas y después este no me abone el IVA.
Ese cliente quiere poner la legislación a su gusto. El IVa ha de ir en la factura, bien sea desglosado o incluido.
Una solución pudiera ser presentar la factura a pago trimestralmente, con su IVA.
Es un modo de conseguir facilidades.
Hola, Un cliente nuevo me dice que le presente las facturas quincenalmente, pero que solo me va a pagar el bruto, y que el IVA me lo pagará cuando toque hacer las declaraciones trimestrales.
¿Es normal esto?
Si llega el día de presentar las declaraciones y no me lo ha pagado, ¿me lo como yo?
Gracias.