Ya he puesto en el Foro el problema, pero si el Juzgado de lo Social, me han comunicado verbalmente, que el Juicio de Rescinsion del Contrato por voluntad del trabajador, segun el articulo nº 50 ET, MAS DE UN AÑO EN VERSE EL JUICIO, ¿Que hace el trabajador que lleva desde Febrero sin cobrar el sueldo?, ¿se puede ir antes del juicio?, el problema es enorme para el, No puede estar desde Febrero de 2.009 sin cobrar, un año que se vea el Juicio, es muy importante, agradezco vuestra ayuda Jurisprudencia en esto.