Lo "no democrático" sería que una norma emanada de un poder constituido y secundario como es el poder legislativo demoliera lo dictado por una norma, la Constitución, que emana del PODER CONSTITUYENTE y primario.
Cualquier otra cosa es atentar contra la esencia misma del Estado de Derecho, que es que todos los poderes públicos deben atenerse a la Constitución y las leyes constitucionales (en nuestra Const, en el artículo 9).
Eso es así desde hace más de doscientos años (sentencia Marbury vs Madison del año 1803) y seguirá siendo así por mucho que a los totalitarios de todos los pelajes les fastidie sus ansias de poder ilimitado.
La respuesta es interpretativa, por eso no la encuentras.
Entiendo que la pregunta viene a rebufo de la anulación de parte del Estatuto de Cataluña por el TC, ya que este había sido aprobado en referéndum.
Yo entiendo que no tiene porque no ser democrático el caso planteado. Resulta que los órganos jurisdiccionales basan sus resoluciones en el contenido de las leyes. Las normas legales, incluida la Constitución nacen de las Cortes Generales en virtud de un proceso democrático que empieza con la elección de los miembros de las cortes para que estos, también por sistema de mayorías, voten la aprobación o no de las leyes.
Así pues si un órgano jurisdiccional, en este caso el TC (ya que el resto carecen de competencia para ello) anula una ley en todo o en parte, lo hace basándose en el cumplimiento del resto de la legislación vigente democráticamente emanada de las Cortes Generales.
Por las razones expuestas concluyo que, en un sistema democrático, la anulación de una norma legal por no acogerse al resto del ordenamiento jurídico, es una decisión plenamente democrática, pues la sentencia nace de la aplicación del propio orden legal democráticamente establecido.
Si la decisión jurisdiccional así evacuada no gusta al pueblo ni a sus representantes, sólo cabría modificar los preceptos legales en los cuales la sentencia se basase.