Lamento si se repite el mensaje, pero es que no aparece el que insertado hace 10 minutos.
Tengo entendido que anterior Ministro de Justicia, elaboró y aprobó una ley o reglamento por el que se dispone la no caducidad de los procedimientos sancionadores [vulgo multas]. ¿Podríais indicarme que ley o reglamento es éste?, ¿es posible [a un amigo le ha ocurrido], qué, aunque la ley solo admite el carácter retroactivo de la misma para los casos favorables al inculpado, la Agencia Tributaria de Sevilla, le reclame Impuestos del coche desde el año 2002?
Saludos.