La multa la publican en el BOP y usted ya se da por notificada, pues jurídicamente ese trámite es válido totalmente. A partir de ahí todo el procedimiento se tramitará sin que a usted se le notifique nada hasta la resolución, donde volverán a notificarle personalmente, y si no da señales de vida por el BOP.
Entonces un día irá al banco y le harán congelado la cuenta corriente, sin poder disponer de nada cuanto tenga, hasta que no pague, con sus recargos, etc.
Eso es lo que pasa cuando se hace lo que no se debe hacer o se hace caso a radio-macuto, aquellos que saben mucho de todo sin tener ni idea de lo que dicen.
Las notificaciones hay que recogerlas y recurrirlas. No hacerlo hace mucho tiempo que no sirve de nada. La administración no es tonta.