El derecho a acrecer es precisamente un derecho, jamás una obligación. Puede usted aceptar si quiere la parte de su hermano, pero si no quiere aceptar el ejercicio de ese derecho, es usted muy libre de no hacerlo.
Entiendo que villega pregunta si puede renunciar a la parte de la herencia de su hermano. Por supuesto que puede renunciar a esa parte sin necesidad de motivar por qué renuncia.
Depende de si no tiene hijos, y de si es una renuncia simple o en favor de otros. Si es una renuncia simple y no tiene hijos, sí, irá al otro hermano.
Pero no, no se puede renunciar solo a una parte. Pero tampoco entiendo cuál puede ser el motivo de querer aceptar una mitad y renunciar a la otra, con el mismo valor. Si es por deudas, puedes aceptar a beneficio de inventario.
Somos dos hermanos y uno de nosotros renuncia a su parte, creo pasaría al otro heredero.
mi duda es si puedo renunciar y no aceptar la parte que ha renunciado. Muchas gracias.