Cada colegio dispone de un servicio en el que se puede presentar expedientes de clientes extranjeros, bueno creo que en todos los colegios, lo que de alguna manera salvas provisionalmente la presencia personal del solicitante. Segun que permisos son presenciales y el extranjero no se libra, no obstante la faena viene cuando solicitan del registro central de extranjeros si consta o no su entrada en españa y ahi viene el calvario, pero entre recurso y recurso y dependiendo del funcionario que te lo tramite alguna vez tienes suerte y te admiten todo el expediente.
Al presentar el pasaporte , te piden copia de todo el pasaporte incluida las hojas en blanco, lo que determina si entró o no en españa y miran las fechas de expedicion del pasaporte pero como te digo todo dependera de lo flexibles o inflexibles que sean en las oficinas de extranjeros, hoy me dijo un funcionario que admitió a tramite un expediente con pasaporte caducado y que evalua cada caso segun las circunstancias y admitió la solicitud solo con su cedula de identidad, eso si validada y legalizada por su embajada, hasta antes de la regulacion muchos expedientes se presentaban con el extranjero en españa pero ahora tras la regularizacion esto se pone duro pero siempre hay algun funcionario que si hay buena fe te lo tramita. saludos.
la pagina es icab.es , efectivamente esta dentro de los supuestos especificos en los que no se exige la SNE, "los hijos o nietos de español de origen".
Lo he dicho porque se encuentra en situacion de ilegal y a no ser que venga con un contrato de origen, el estar aqui sin documentacion se complica porque cuando solicites el permiso deresidencia y trabajo inicial te diran que la persona no ha de haber estado de forma irregular.
IMPORTANTE: Ahora que lo pienso, si es nieto de español, quiere decir que es descendiente de español comunitario, por lo tanto se le aplicara el regimen de comunitario , mirate el RD 178/2003 de 14 de febrero.
Y tranquila rakel que no molestas en absoluto , al contrario, asi el ejercicio profesional resulta mas positivo para ambos. saludos .
¿Me puedes decir el nombre de la página?, otra cosa, al ser nieto de español, me ahorro la situación nacional de empleo ¿no?, ¿por qué crees que lo tengo un poco mal?. Espero no ser muy pesada, gracias
Pasado el plazo para regularizar lo tiene un poco mal, pero puedes esperarte hasta agosto para lo del arraigo social/familiar, art 45,2 a RD 2393/2004 de 30 de diciembre. si hay algo mas en concreto, en lo que pueda, podré ayudarte. saludos.
Calato, el "futuro" trabajador no tiene "papeles", lo que queremos es solicitarle permiso de trabajo y residencia, me podrías decir por dónde puedo empezar a mirar, es decir, ¿cuál es la normativa?. Gracias.