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¿Nieta hereda del abuelo?

17 Comentarios
 
¿nieta hereda del abuelo?
03/05/2012 17:27
Buenas tardes. Querría saber en caso de fallecer una persona con hijos, si heredarían de su abuelo la parte correspondiente a su padre fallecido (su padre tenía dos hermanos más). Además, me gustaría también saber en que situación se queda la viuda con respecto de la herencia de su suegro. ¿Hereda ella aunque sea en usufructo? Gracias.
03/05/2012 18:52
Los hijos son herederos forzosos en representación del padre, y heredan la parte correspondiente de éste en la herencia del abuelo.
La viuda nada, a no ser que se le otorgue en el testamento algún legado de la parte de libre disposición.
03/05/2012 20:09
Hola gonzalez de aguilar,

De acuerdo con lo que indica Catastral, referente a que los hijos son herederos forzosos, en representación del padre y heredan su parte en la herencia del abuelo.

Pero se equivoca, en cuanto a la viuda, ésta también es heredera forzosa y heredará el usufructo del tercio de mejora, al concurrir con hijos, si no los hubiera, sería al usufructo de la mitad de la herencia.

Un saludo,
03/05/2012 20:27
Katia:

Creo que te equivocas. Yo lo entiendo así:

Antonio es el abuelo.

Bernardo el hijo de Antonio.

Carlos el hijo de Bernardo y nieto de Antonio.

Laura esposa de Bernardo, nuera de Antonio y madre de Carlos.

En caso de premorencia de Bernardo, cuando muera Antonio que es el patriarca de la familia el único que heredará sería Carlos, por representación. Laura no tendría ningún derecho sobre la herencia de Antonio por ser mujer de Bernardo.

Siempre que la situación familiar sea la que digo (obviando hermanos tanto de Bernardo como de Carlos), y siempre salvo mejor opinión.
03/05/2012 20:38
Cierto lsd2,

Rectifico y pido disculpas a Catastral, había pasado por alto, la referencia "respecto a la herencia de su suegro".

Lamento el lapsus.

Un saludo muy cordial.
05/05/2012 17:25
Disculpas aceptadas, así da gusto. Un saludo.
07/05/2012 19:38
Bien, en cualquier caso, aunque el bien sea privativo de Bernardo, su esposa tiene derecho al usufructo, además entiendo que no hay testamento, por lo que tendrá que hacer una declaratoria de herederos en la notaría para determinar quienes son los herederos legales, en esa declaratoria de herederos a la viuda se le otorga el derecho de usufructo y al resto la nuda propiedad en partes iguales si hay varios o todo si es solo uno.
07/05/2012 19:53
Vuelvo a expicarlo de una forma gráfica, al menos como yo lo entiendo:

Antonio el abuelo, Bernardo el hijo, Carlos el nieto.

Bernardo muere en el 2000. Se hace su herencia y santas pascuas (hereda Carlos y su madre se queda con su legítima, que es el usufructo del tercio de mejora).

Antonio, el abuelo (padre de Bernardo), muere en el 2010. Su herencia pasa a CARLOS por representación. A la mujer de Bernardo y madre de Carlos no le toca nada de los bienes de Antonio.

Un saludo.
07/05/2012 20:05
Entiendo que cuando fallece Bernardo su padre también está fallecido y además no existe testamento, es esto así? gonzalez de aguilar
14/05/2012 17:09
En el ejemplo que habeis puesto, Antonio (el abuelo) está vivo. Quien ha fallecido es Bernardo (hijo de Antonio). La pregunta es que cuando muera el abuelo (Antonio), ¿heredará el nieto (Carlos) la parte correspondiente a su padre?. Por otra parte, ¿la madre de Carlos heredaría algo de su suegro, o sólo hereda el nieto?
Bernardo no hizo testamento.
14/05/2012 17:31
Hola , al fallecer el hijo, Bernardo, quien va a recibir la herencia en su parte correspondiente va a ser Carlos, el nieto en representación de su padre, pero la madre de éste no es heredera del abuelo para nada, si hubiese vivido el marido, entonces hubiera heredado lo que éste le hubiera dejado, pero al morir no le puede dejar lo del abuelo, porque el heredero forzoso es el nieto en este caso en concurrencia con los demas herederos forzosos, es decir, los consaguineos directos, ni más ni menos.
14/05/2012 18:07
Gonzalez de Aguilar:

Eso es a lo que se te ha respondido. El hijo (Carlos) hereda la parte de su padre.

La esposa de Bernardo (padre) no tiene derecho a nada de la herencia de Antonio.

14/05/2012 19:01
Gracias a todos. Un saludo.
14/05/2012 19:01
No nos faltaría lo de siempre??? O todos los fueros son iguales en cuanto a sustitución y representación?
14/05/2012 19:10
Te veo puntilloso, Morinelli ;), hoy me estás dando caña...

Efectivamente, esta respuesta sólo sería válida 100% seguro para el caso de que se aplique el derecho común y no algún derecho foral.

Aunque no creo que varíe demasiado en otros fueros, no puedo afirmarlo.

¿De qué parte de España hablamos, Gonzalez de Aguilar?
14/05/2012 19:13
Estamos en Andalucía.
14/05/2012 19:16
Entonces la respuesta sí es la que han dado antes.

Hereda el nieto de su abuelo, y la esposa del fallecido no pilla nada.
15/05/2012 11:33
Se ve que sí, que ayer tuve el día tocape...as ;)