Vereis, estoy estudiando Trabajo Social y debo resolver los siguientes casos para la asignatura de derecho de extranjería y por más que busco información no me aclaro. Se trata de lo siguiente:
Persona 1, trabajador extranjero de un país hispano-americano que ha ratificado el Convenio 19 de la OIT referente a la igualdad de trato con los españoles en materia de indemnización por accidentes de trabajo. Está en situación administrativa irregular ( no tiene permiso de residencia ) siendo la empresa consciente de ello. Sufre un accidente in itinere y se le incapacita permanentemente. Pide ser incluido en el campo de la seguridad social española por accidente de trabajo.
Debo elegir y justificar mi elección entre las siguientes opciones:
a) no tiene derecho a dicha protección por no haberse producido el accidente mientras llevaba a cabo su actividad laboral
b) Tiene derecho al mismo trato que otorgue a sus nacionales españoles debido al Convenio, indistintamente de su situación administrativa.
c) No tiene derecho puesto que carece del permiso de residencia y autorización para trabajar
d) Tiene derecho debido a artículo 36.5 de la ley de extranjería e inmigración siendo el contrato válido y estando en posesión de los derechos labolares propios de la actividad laboral.
Podríais decirme cual es la correcta y por qué? Gracias de antemano :)