Hola a todos!!!
He participado en un concurso oposicion para Ayuntamiento. En fase de concurso no me han valorado un mérito que solicité en modelo de autobaremación. No he presentado ni alegación ni recurso de alzada .Mi pregunta es, si puedo cuando salga el nombramiento de funcionarios de carrera interponer recurso potestativo de reposición o acudir directamente a la via judicial o sencillamente no tengo nada que hacer. Gracias de antemano por las respuestas.
Si frente a una resolución o acto administrativo no interpones en plazo el recurso de alzada, se entiende que el mismo es firme y consentido, por lo que no puedes impugnarlo posteriormente ante la jurisdicción contencioso-admva.
De todos modos, faltan datos para una respuesta más concreta.
Muchas gracias Tribuno y Ladyhalcon por vuestras respuestas. La verdad es que estoy confundido puesto que no interpuse recurso de alzada aconsejado por mi abogado. Él es partidario de acudir directamente a la vía judicial para, según su parecer, no dar pistas a la Administración. Sería triste no tener opciones por un mal asesoramiento de un profesional del Derecho. No obstante, quisiera preguntar si es posible interponer recurso potestativo de reposición ante el nombramiento de funcionarios de carrera al ser un acto administrativo que pone fin a la vía administrativa. Saludos a todos!!!