De hecho así ha sido dicha, pero es una frase cuya carencia de coordinación sintáctica induce a malentendido.
En mi opinión, la frase corréctamente construida, y que no habría dado lugar a malinterpretación, hubiese sido " tenemos una nave QUE nos ha alquilado un ayuntamiento ".
Pero no pasa nada, ahora está todo perfectamente claro.
Entiendo que siendo vosostros los que desarrolláis la actividad, al menos, estaréis dados de alta en Hacienda, Seguridad Social.
Pero si el establecimiento y sus instalaciones necesitan de autorización administrativa previa o es suficiente con una declaración responsable, comunicada al ayuntamiento, dependerá de la concreta actividad industrial que se desarrolle.
Estas son cuestiones reguladas por la Consejería competente de la CCAA
Entiendo la duda, me he expresado fatal... ARRENDADOR el ayuntamiento (la nave es suya), ARRENDATARIOS nosotros (desarrollamos actividad industrial en ella).
Las licencias de actividad las concede el ayuntamiento, luego.............. si la actividad industrial la desarrolla el ayuntamiento, ¿ tu crees que abrirá un expediente para autosancionarse ?
Quien debe darse de alta en la actividad es quien la desarrolla, no el propietario de la nave.
Es el titular de la actividad el obligado a cumplir la legislación vigente o, si así está contractualmente convenido, realizar las adaptaciones necesarias a dicha legislación el arrendatario.