El plazo para resolver y notificar las solicitudes de nacionalidad española por residencia establecido reglamentariamente es de doce meses, que empieza a correr a partir del día siguiente a la fecha de la presentación de la solicitud. Transcurrido ese plazo, si no se ha resuelto ni notificado, se puede entender que la solicitud ha sido desestimada (silencio administrativo negativo), lo que le permitirá interponer recurso potestativo de reposición o directamente el recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional.
Pero en su caso, aún no ha transcurrido el plazo máximo establecido reglamentariamente para resolver y notificar, por lo que debe seguir esperando. Sólo si transcurrido el plazo no ha recibido notificación alguna, entonces puede interponer recurso.
A finales de enero de este año presente mi nacionalidad por residencia en abril cambio el estado A LA ESPERA DE INFORMES PRECEPTIVOS y no avanza , ¿Qué y como puedo agilizar el tramite? ¿Cuánto tiempo tiene la administración para enviarme la notificación denegándome o concediéndome la nacionalidad ? Un saludo