Buenas noches!
Mi pregunta es la siguiente... Tengo contrato en la misa empresa desde octubre 2002 con el convenio de oficinas de Cataluña, es legal que no me paguen complemento de antigüedad?
Por otro lado, me pagan un complemento por diferencia salarial pero cuando sube el salario base me bajan el complemento salarial. Esto también es legal?
Muchas gracias
Sin conocer el convenio yo creo que sí deberías tener antigüedad.
Lo del complemento por diferencia de sueldo. Yo también lo tengo pero se llama plus personal.
Esto funciona así. Cuando hay subida por convenio colectivo. Una parte se separa para nuevas antigüedades y abanicos salariales. Y de hecho no se sube el salario lo que dice el convenio.
Imagina este año subida del 2%. Y se separa el 0,2 para nuevas antigüedades y abanicos. Entonces la subida real es del 1.8.
Luego en la nómina todos los componentes de la nómina te suben el 2%. Todos excepto el plus de diferencia de salario (o como se llame, yo es plus personal) que lo ajustan, descuentan para que al final de todo la subida sea el 1,8%.
Es legal que no le paguen antigüedad?
Ha mirado usted su convenio? Ha visto usted que en éste en la estructura salarial no incluye ningún plus de antigüedad? Bueno pues si no hay plus de antigüedad no le corresponde cobrar por antigüedad.
Ese concepto de mejora por diferencia salarial no es ningún plus personal, es un plus de mejora voluntaria por lo que está usted cobrando por encima de lo que indica su convenio y por tanto cuando sube la tabla salarial en los conceptos de la nómina se descuenta en la misma proporción de ese país de mejora.
smo