Ante todo, buenas tardes a todos y paso a plantear mi pregunta. Sabemos que la Ley de Enjuiciamiento Civil establece la existencia de unas cantidades inembargables, como el sueldo que no exceda del Salario Mínimo Interprofesional. Me interesaría saber si, en el caso de deudas a la Administración (multas de los Ayuntamientos o deudas de la Contribución, por ejemplo), existe una normativa que establezca algo similar. La cuestión es que a mi hijo, que está cobrando el paro y que tenía una multa pendiente con el Ayuntamiento, el mes pasado le embargaron de la cuenta del banco la prestación por desempleo, y me pareció una actuación desmesurada.
¿Alguien podría ofrecerme algo de información en este asunto?
Gracias de antemano.