1.-)He leído la Sentencia y sin ánimo de polemizar me he centrado en el aspecto dispositivo de las notificaciones en relación con la utilización por la admón. de la vía edictal (abusan)
2.-) Ni siquiera he pedido en mi escrito inicial al Ayuntamiento y del que beberá la entidad aseguradora para formular el recurso, que me retiren la multa, si no retroacción al momento de periodo voluntario y acogerme al beneficio por pronto pago
3.-) Si desde el punto de vista procesal la vía no es la correcta, deciros que únicamente me importa que dejen sin efecto la ejecutividad del acto, y se plantea o solicita el recurso de lesividad de la admón. (existen sentencias), y esto permitiría unificar a la Admón. y desde luego porque estoy convencido de ello la vía del recurso extraordinario de revisión.
En resumen, lo único que pido es que dejen sin efecto la ejecutividad del acto, y bien por la vía del recurso de lesividad o extraordinario se admite y resuelva en mi favor mi petición. Si me es posible prometo que cuando reciba la resolución os la comentare, sea en mi favor o no.
Ya sabeis en Derecho.: No basta con tener razon(la tengo) saberla exponer y que te la den, quizas en esto ultimo fallare