El 13-07-2011 durante los Sanfermines, multaron a mi hijo por "Alterar la seguridad ciudadana insultando y molestando (vallado del encierro)". En el Boletín de denuncia no se indica la cantidad a pagar pues la casilla correspondiente está en blanco.
En nuestro domicilio no me consta haber recibido anteriormente notificación alguna, pero hoy ha llegado a casa un aviso de correos de la Subdelegación de Gobierno para recoger una con origen NA (supongo que viene de Navarra). ¿Más de dos años después?
Mi hijo no ha vuelto a ir a Pamplona por lo que este asunto tiene que estar relacionado con lo que pasó. Y señalo que en ese momento ya era mayor de edad y que residimos en Burgos.
¿Debe recoger la notificación?
¿Es normal que esto nos llegue después de tanto tiempo?
¿A cuánto puede ascender la sanción?
Estoy bastante preocupada ya que económicamente estamos fatal y ahora él esta cobrando el paro y si le embargan nos a perjudicar mucho.
Un saludo y gracias de antemano.
En mi opinión, creo que la suposición que usted hace pudiera ser demasiado aventurada. Es bien sabido que la mayoría de los padres no tienen conocimiento pleno de todo lo que hacen sus hijos y cada vez estoy más convencido que los padres no toman conciencia de ello.
Sin saber lo que pone la notificación, no se puede saber cual es el problema y por ende se hace imposible abordarlo.
Si no recoge la notificación, eso sólo le perjudica en el sentido de que no podrá alegar lo que a su derecho convenga ni tampoco interponer el recurso que proceda en el caso de no estar de acuerdo con la sanción impuesta.
Respecto de los plazos que tiene la administración para incoar un expediente sancionador, depende de la infracción cometida, por lo que abría que acudir a la normativa reguladora que viene en la notificación.
Le sugiero que recoja la notificación y que exponga aquí lo que en ella se dispone.