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Multa extraña

6 Comentarios
 
Multa extraña
06/06/2012 16:21
Me han notificado una multa en la cual me acusan de saltarme un semáforo en rojo con mi moto. Pudiera haber sido posible, de no ser porque a la hora que pone es a las 02:20:00 y a esa hora es imposible que yo estuviera con la moto. Lo mejor es que el semáforo que me acusan de saltarme, al ser de paso de peatones, no de cruce, está sin funcionamiento, o sea en ambar a esas horas. Además en el apartado: "Causa de no notificación en el acto al conductor", pone: "Otros motivos. Agentes controlando paso de vehiculos por prueba deportiva". Parece ser que se han equivocado con la hora, a lo mejor querrían decir 14:20:00. Por lo que han cometido algún defecto que pueda provocar la nulidad de la multa?. Ahora si pago son 100€, pero si no los pago serán 200€. Lo digo por si tengo posibilidades.
07/06/2012 08:31
Sinceramente, posibilidades, solo si estas dispuesto a llegar a un contencioso.
Puedes alegar lo de la hora, que a esas horas no hay eventos deportivos, que el semaforo a esas horas esta en ambar... y provocar una nueva notificacion con la hora correcta. Esto te serviria si se incurre en prescripcion. El tiempo para notificar en esta infraccion (grave) son 6 meses. Si proviene de un ayuntamiento, a lo mejor si te interesa, ya que hay algunos con mucho retraso, que notifican cuando ya han pasado a lo mejor 5 meses, con la cual si hay algun defecto que hay que subsanar, si que incurririan en prescripcion.

Si no, el error se subsana con una nueva notificacion, y si a partir de ahi quieres alegar que se te ha provocado indefension, que no se respeta el principio de presuncion de inocencia, que la palabra del agente ha perdido su efectividad etc.... en via administrativa nada que hacer. Eso si, llevado a un contencioso... ya depende del juez
07/06/2012 10:17
Primero agradecerte tu ayuda, aprovecho por si me puedes explicar estas dudas.

En un principio no quisiera llegar al contencioso, ya que ahora tiene costas importantes si lo pierdo.
Si por ejemplo, alegara todo esto que comentas, provocaría una nueva notificación con la hora correcta. Han pasado tres meses desde que ocurrió la multa. Quiere decir que si la nueva notificación tardara algo mas de tres meses, se sumarían al tiempo transcurrido de la primera notificación y al sumar mas de 6 meses, prescribiría?, o cada notificación tiene 6 meses de plazo individualmente?

Si pago en los 15 dias despues de la nueva notificación, si la hubiera, también disfrutaría del descuento del 50% como ahora?.

Al no notificarme los agentes la multa en el acto, también cabe la posibilidad de que identifique a otro conductor, en este caso un familiar mayor que no necesita del carnét, ya que a la multa acompañan 4 puntos de carnét. También se podría hacer este proceso de identificación con la nueva notificación?.

Gracias de nuevo y un saludo.
07/06/2012 12:21
A ver, si no hubo parada, lo que has recibido entonces (deduzco) es un escrito en el que te requieren para que, como titular del vehiculo, identifiques al conductor. En este caso, el procedimiento sancionador no esta aun iniciado, se iniciara con la notificacion una vez identifiques al conductor, al que habra que notificar de nuevo. Vamos a olvidarnos de la prescripcion, porque en este caso va a ser complicado.
Por un lado, si identificas ahora a conductor, y cuando este recibe la notificacion, alega lo de la hora, la administracion te puede contestar que asumiste de manera tacita que la hora estaba bien, ya que identificaste a alguien que, segun tu, a las 2 de la mañana estaba conduciendo tu moto.
Pero a la pregunta que me haces de si se suman los periodos, si, se suman, o sea, si te hubieran parado y entregado boletin, pero este no estuviera validamente cubierto (por ejemplo no hubieran reseñado la perdida de puntos), te envian una notificacion y luego hay que subsanarla, el periodo de 6 meses (mas uno de paralizacion) se cuenta desde que recibes la primera notificacion.

Hasta que no identifiques conductor, no puedes pagar, ya que al llevar puntos, hay que notificar al conductor. Una vez notificado el conductor, el plazo para pagar con el 50% de descuento es de 20 dias.

Por supuesto que puedes identificar a otro conductor (siempre y cuando este esté de acuerdo, claro, y no vaya a negarlo), pero, siempre y cuando, tambien, tenga permiso para conducir el vehiculo del que se trate. Por ejemplo, si tu moto exige para ser conducida el A2, no puedes identificar a alguien que tenga el B, o el A1, ya que supondria otra sancion aparejada por permitir que tu vehiculo sea conducido por una persona que no tiene el permiso correspondiente (art 9 bis 1.B de la ley de seguridad vial)
08/06/2012 02:06
Hola sarapiki.

De nuevo gracias por tu ayuda.

Lo que he recibido es la notificación de sanción directamente, expedida por la diputación provincial. Lo que ocurre, es que en la parte trasera habla de que "si no se hubiera producido la detención del vehículo, se requiere al titular o conductor habitual para que en el plazo de 15 dias naturales identifique el infractor responsable".
Sí, llevas toda la razón, de manera como planteas el tema, si identifico al conductor estoy asumiendo que a esa hora, es persona cometía la infracción.

Si, esa persona por supuesto tendría permiso para conducir este vehículo.

Tengo un cacao integral. Había pensado en presentar alegaciones, y mientras que resuelven, el mes de agosto que está todo paralizado, los tres meses que han pasado, quizás se les podría pasar el plazo, pero no sé.

Dime que harías tú si estuvieras en mi situación, por favor.

Un saludo.
08/06/2012 10:24
¿notificacion de la diputacion provincial? Ahora si que me descoloco un poco... que yo sepa, tramitan sanciones las jefaturas provinciales de trafico, y los ayuntamientos, no las diputaciones provinciales. Ah bueno, en Cataluña y Pais Vasco son otros organos, creo que el Servei Catalan y en el pais vasco no se el nombre...

Mira, a mi lo de dar consejos de como actuar.... uf, siempre es un riesgo. Tal vez, si fuera yo, presentaria un primer escrito de alegando que a esa hora, es imposible que tu vehiculo estuviera circulando, ya que lo tenias en el garaje de tu casa. Que ademas, es altamente improbable que a esa hora haya una prueba deportiva y agentes controlandola. Incluso si quieres, puedes aportar una fotografia de la situacion del semaforo a esa hora (supongo que comenzara el ambar intermitente antes de las 2 de la mañana, a lo mejor a partir de las 12 de la noche o asi...)

Con esto, provocaras que tengan que enviarte un nuevo escrito con la hora correcta... y a partir de ahi, pues ya veremos, si efectivamente lo envian, o se traspapela... no se.
Lo unico que no confies en lo de agosto, es inhabil para determinados juzgados, pero para la administracion en general, es mes tan habil como cualquier otro
08/06/2012 16:04
Si, es del servicio provincial de gestión y recaudación, es en andalucia.

Te entiendo por lo de los consejos, de todas formas ya había pensado como actuar, que por cierto es igual que como tú me has aconsejado.

Por ahora vamos a echar las alegaciones agotando casi los 15 dias que hay para presentarlas, con suerte se retrasan, pasa agosto, que vá la cosa mas lentita por el tema estival, lo mismo entre pitos y flautas exceden los 6 meses y acaba todo.

Bueno a ver si hay suerte.