Hola, me pusieron una multa el miercoles santo 20 de abril en una calle en la que habia un disco a la entrada, pero yo no lo vi porque entré marcha atrás por la salida de la calle al pasar junto a ella y fijarme que habia un hueco. Eso fue a las 18:30. Cual es mi sorpresa cuando voy a recoger el coche a las 21:10 para volver a casa y me encuentro que el coche no está. Se lo ha llevado la grúa; pero para más inri hay un coche aparcado en su lugar y no sólo eso, la calle sigue llena de coches. ¿Por qué se llevaron el mío solo si no estaba en ninguna esquina, ni vado y perfectamente aparcado en la delimitación de la zona naranja? ¿por qué la callestaba llena de coches si en media hora tenia que acceder por allí la hermandad?
Buenos pues resulta que al final la hermandad no pasó por esa calle para no desviarse en la recogida ya que había riesgo de lluvia. Si la hermandad no pasó por allí y la multa era innecesaria, ¿qué puedo hacer? ¿es legal?
Además, otra incongruencia en esta historia es que la multa está firmada por el gestor de coordinación de sanciones el día 22 de mayo, un mes después; pero ese día era domingo y de elecciones municipales. ¿Esto qué es? ¿Es legal?
La carta-multa la recibí a primeros de junio y dice que tengo 20 dias para pagar la mita (100€/200€) o para recurrir, ¿pero 20 días desde cuándo? ¿desde que se firma o desde que llega a mi casa? ¿cómo se controla eso?
Vamos por partes. El disco que habia a la entrada de la calle ¿de que era? ¿de prohibido aparcar? si es asi, la multa es perfectamente correcta y la retirada del vehiculo con la grua posiblemente tambien. No puedes alegar que se llevaron solo el tuyo porque no lo sabes, y aun siendo asi, tampoco tiene sentido, tu coche estaba mal estacionado. Punto. Los demas no importan en tu expediente.
Aunque la hermandad no pasara por alli, si habia una señal de prohibido estacionar, te la saltaste, luego la multa es perfectamente legal.
La multa, notificada un mes despues, esta en plazo; estamos hablando de una sancion grave, por tanto hay 6 meses para notificar. Lo de que sea domingo a mi tambien me extraña... no se , supongo que algun tema informatico. De todas formas, no te admitirian alegaciones en ese sentido, el gestor de coordinacion puede trabajar en domingo si quiere....
Los 20 dias cuentan desde el momento que recoges la notificacion.
Con los datos que das, mi consejo es que pagues con reduccion del 50%, pero tu valoraras mejor lo que mas te interesa....