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multa en amarillo

2 Comentarios
 
Multa en amarillo
perfil ssm
08/02/2012 21:55
Hola necesito vuestra ayuda. Me multaron con 200 euros hace un tiempo por aparcar en amarillo. Quisiera saber si apacar en amarillo se considera falta grave (200€) o leve (100E). Yo me he leido la ley de trafico y dice q se considera falta grave estacionar en un lugar peligroso o que obstaculice la circulacion y creo que aparcar en amarillo ni es peligroso ni obstaculiza la circulacion.
10/02/2012 01:17
Se consideran paradas o estacionamientos en lugares peligrosos o que obstaculizan gravemente la circulación los que constituyan un riesgo u obstáculo a la circulación en los siguientes supuestos:
Cuando la distancia entre el vehículo y el borde opuesto de la calzada o una marca longitudinal sobre ella que indique prohibición de atravesarla sea inferior a tres metros o, en cualquier caso, cuando no permita el paso de otros vehículos.
Cuando se impida incorporarse a la circulación a otro vehículo debidamente parado o estacionado.
Cuando se obstaculice la utilización normal del paso de salida o acceso a un inmueble de personas o animales, o de vehículos en un vado señalizado correctamente.
Cuando se obstaculice la utilización normal de los pasos rebajados para disminuidos físicos.
Cuando se efectúe en las medianas, separadores, isletas u otros elementos de canalización del tráfico.
Cuando se impida el giro autorizado por la señal correspondiente.
Cuando el estacionamiento tenga lugar en una zona reservada a carga y descarga, durante las horas de utilización.
Cuando el estacionamiento se efectúe en doble fila sin conductor.
Cuando el estacionamiento se efectúe en una parada de transporte público, señalizada y delimitada.
Cuando el estacionamiento se efectúe en espacios expresamente reservados a servicios de urgencia y seguridad.
Cuando el estacionamiento se efectúe en espacios prohibidos en vía pública calificada de atención preferente, específicamente señalizados.
Cuando el estacionamiento se efectúe en medio de la calzada.
Las paradas o estacionamientos que, sin estar incluidos en los párrafos anteriores, constituyan un peligro u obstaculicen gravemente el tráfico de peatones, vehículos o animales.
10/02/2012 08:49
Eso de "estacionar en amarillo" no lo entiendo yo muy bien... ¿podrias aclararar que articulo se indica que infringiste? Porque claro, marca vial amarilla puedes encontrarla en un vado, en zona de carga y descarga, en una esquina...
Si te denunciaron por el 171, asi sin mas, efectivamente no cabe considerarla como grave, seria leve con 80 euros, pero ya te digo, puede haber una marca vial amarilla, y la denuncia ser por poner un ejemplo, por el 94 2-A 5J (en via urbana, en iterseccion o sus proximidades dificultando el giro a otro vehiculo), y en este caso si se considera infraccion grave con 200 euros