me han planteado una cuestión y me gustaría saber vuestra opinión al respecto.
A un funcionario que trabaja como chofer le han puesto una multa por aparcar en carga y descarga mientras entregaba unos paquetes del ayuntamiento.
En este caso ¿ha de pagar el la multa personalmente o habrá de pagarla el ayuntamiento?
Es cierto que está en el ejercicio de su labor funcionarial, pero también lo es que en principio no se le puede obligar a incumplir la normativa de seguridad vial para llevar a cabo tal tarea (aunque de facto se pueda dar tal situación) Lo que sucede es que no encuentro normativa al respecto y no se si es que se me está pasando algo por alto.
Pienso que todos estamos obligados a respetar el Reglamento general de circulación (incluso los vehículos especiales como ambulancias o coches de policía en casos de urgencia). De no cumplir la normativa, serán responsables sus conductores. Ahora bien, no le han multado, sino denunciado, he querido entender. Me explico: la denuncia la habrá puesto un agente, pero esa denuncia se eleva al Alcalde/esa (competente para multar) u otro órgano delegado, en su caso, para que la firme.
Coincido en que la responsabilidad es del conductor, de todas todas. Más aún, siendo trabajador del Ayuntamiento (quizá incluso funcionario), creo que tiene su puesto de trabajo bien cubierto frente a amenazas de despido si no hace lo que él sabe que es ilegal. (estacionar donde no debe).
Por otra parte, si realmente estaba descargando unos paquetes, y puede probarlo (si son del Ayuntamiento no creo que sea dificil), está totalmente justificado el estacionamiento en una zona de carga y descarga "por el tiempo imprescindible para realizar tal operación".
Así que si está en plazo de alegaciones, que alegue precisamente eso: Que estaba realizando operaciones de carga y descarga, y que aporte cualquier documento que lo acredite (albarán de entrega, certificado de su superior, etc...)
Yo también pensaba lo mismo, pero a veces determinadas multas en las empresas privadas si las cubren y era lo que me llevaba un poco a tener dudas.
En cuanto a la opción de alegar que estaba haciendo una descarga, Pirrimanson, tengo mis dudas de que sea posible, dado que se trata de un encargo como el que podríamos hacer cualquiera de nosotros si llevamos a alguien un paquete y si no estoy equivocada solo pueden ser usadas las zonas de carga y descarga por profesionales acreditados por medio de tarjetas de transporte. De todos modos, tendría que confirmarlo porque no estoy completamente segura.
Atenea1, la reserva de las zonas de carga y descarga para profesionales con trarjeta de transporte es un tema muy debatido, pero el Reglamento General de Circulación no hace mención a ese extremo, y a no ser que la Ordenanza Municipal de Circulación del Ayuntamiento lo regule, en mi opinión, cualquier vehículo está autorizado a realizar operaciones de carga y descarga en esas zonas. Eso sí, insisto "operaciones de carga y descarga", no dejar estacionado el camión de reparto para desayunar, por ejemplo.
Insisto, alega la descarga como motivo del estacionamiento. Como dije antes, si el paquete a entregar era para el Ayuntamiento, cuyo alcalde tiene la potestad sancionadora, no debería haber problemas.
Estoy deacuerdo con pirrimanson, para cargar y descargar puede dejarlo cualquier vh, eso si, realizando labores de carga y descarga.Mire la ordenanza de circulacion de ese municipio a ver si regula las cargas y descargas.Pero cuando denunciaron ese vh, estaba alguien haciendo labores de carga o por el contrario descargo y dejo el vh. durante un largo tiempo. Los agentes como norma general esperan un poco, y si ven que nadie realiza labores, pues se denuncia y ala.