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Movilización forzosa.

2 Comentarios
 
Movilización forzosa.
05/05/2017 09:40
Acabo de pasar por un proceso de funcionarización, de laboral fijo a funcionario en la Administración pública. Soy Técnico de Archivos y Bibliotecas de un archivo personal, mi jornada de trabajo es de mañanas, ahora me quieren cambiar a una biblioteca en la que cambiarían mis condiciones de trabajo, ya que tendría que trabajar algunas tardes y fuera de mi horario laboral, además de tener que desplazarme en coche ( no dispongo de coche y da miedo conducir), ya que me asignarían varias bibliotecas que estarían fuera del centro habitual de trabajo.
Quisiera saber hasta que punto esto es legal.
08/05/2017 18:52
Arturochico
Mira las bases, seguramente pondrá que tu situación no puede empeorar.
09/05/2017 09:43
Juan S
Muchas gracias. El Estatuto Básico del Empleado Público dice:
Las Administraciones Públicas, de manera motivada, podrán trasladar a sus funcionarios, por necesidades de servicio o funcionales, a unidades, departamentos u organismos públicos o entidades distintos a los de su destino, respetando sus retribuciones, condiciones esenciales de trabajo, modificando, en su caso, la adscripción de los puestos de trabajo de los que sean titulares. Cuando por motivos excepcionales los planes de ordenación de recursos impliquen cambio de lugar de residencia se dará prioridad a la voluntariedad de los traslados. Los funcionarios tendrán derecho a las indemnizaciones establecidas reglamentariamente para los para los traslados forzosos. En mi caso no me respetarían las condiciones esenciales de trabajo, ya que tendría que hacer más tardes de las que hago y disponer de coche para moverme por las distintas bibliotecas que me asignen.