Entiendo que la excedencia a la que te refieres es la voluntaria por prestación de servicios en el sector público. Si es esa, el desempeño de puestos con carácter de funcionario interino o de personal laboral temporal no habilitará para pasar a esta situación administrativa.
Lo que tú indicas es una situación administrativa en virtud de los procesos de transferencias o por los procedimientos de provisión de puestos de trabajo. El caso que plantea Pani es "voluntario", es decir, le interesa a él/ella por cuestiones diversas, por lo tanto, debería solicitar una excedencia o renunciar a su puesto.
Alter ego, ahí no se podría acoger a la situación de servicio en otras administraciones públicas?
Artículo 88. Servicio en otras Administraciones Públicas.
1. Los funcionarios de carrera que, en virtud de los
procesos de transferencias o por los procedimientos de provisión de puestos de trabajo, obtengan destino en una Administración Pública distinta, serán declarados en la situación de servicio en otras Administraciones Públicas.
Se mantendrán en esa situación en el caso de que por disposición legal de la Administración a la que acceden se integren como personal propio de ésta
Hace prácticamente un mes que he firmado el nombramiento como funcionaria de carrera en una universidad de Madrid. Últimamente me están llamando de bolsas de trabajo en las que estoy incluida para ocupar otros puestos como funcionaria interina, en algunos casos mejoraría las condiciones de trabajo y económicas. Quisiera saber si podría cambiarme a algún puesto de los que me ofertan y en que situación quedaría en mi puesto de origen.
Muchas gracias