He dejado de pagar dos cuotas de la derrama de los
ascensores, por los siguientes motivos:
La sustitución de los ascensores se aprobó con la premisa de bajar dos de ellos a cota cero para la eliminación de barreras arquitectónicas, el hueco mínimo de paso libre según la ley debe de ser de 0,80m. En el presupuesto aprobado viene recogido
que todos los ascensores a sustituir (5) tienen un hueco de paso libre de 0,80; solo uno de ellos cumple con estos requisitos. Como me da la ligera impresión de que ni el presidente ni el administrador se han preocupado de hacer un seguimiento de las obras y posiblemente perdamos parte de la subvención por eliminación de barreras
arquitectónicas, he decidido dejar de pagar. Me convierte eso en moroso?, y en la próxima reunión
perderé el derecho a voto?
Pues si, le convierte evidentemente en moroso, que votó usted en la Junta de Propietarios ?, asi no se actua , piense usted que usted es propietario también de la finca, y la persona que hoy está de presidente, no es un empleado, mañana puede ser usted, asi que debe de alegar lo que ha comentado en una junta y ahi tomar los vecinos los acuerdos a tomar al respecto.
Y si en caso de que votara en contra en la Junta pues impugne dicho acuerdo, lease el art 18 de la LPH para los tiempos de impugnación.
Y si voto a favor pues pague, por cierto en la proxima reunión no tiene derecho a voto.
Un saludo
PP ¿Me parece entender que usted defiende el que un presupuesto aprobado en una junta-es indiferente el que yo vote a favor o en contra- con unas condiciones determinadas, a la hora de realizar las obras, estas no estén sujetas a ningún tipo de control ni por el presidente de la comunidad ni por el administrador ni por el arquitecto encargado del proyecto?. Usted me dice que así no se actúa,¿ entonces que debo de hacer cuando he observado que las obras realizadas no se ajustan al presupuesto, que en este se han reducido costes y entiendo que me están estafando? El presidente de la comunidad no es un empleado de la misma,pero ¿no le obliga la LPH a asumir ciertas obligaciones? ¿No obliga la ley al administrador a cumplir con sus obligaciones y responsabilidades, que para eso ha sido contratado? ¿ Dice usted que cuando se vota a favor de la realización de obras, si estas no se ajustan a lo presupuestado, como se a votado a favor, hay que pagar y callar? ¿Me he portado yo peor que el presidente y el administrador los cuales según la LPH tienen la obligación de velar por los intereses de la comunidad? Efectivamente, soy propietario y por eso entiendo que debo de defender mis intereses. Espero haber entendido mal su consejo, si es así, le pido disculpas.
El problema de la LPH es que un propietario solo no importa, ni su opinion, ni si tiene razon o no (salvo que impugne el acuerdo via judicial).
Necesita apoyos. Dejar de pagar aun teniendo razon le llevara a la sinrazon de ser moroso y no poder votar las posibles soluciones.
Solicite al presidente y al administrador que se convoque una junta para tratar este tema. Si no lo consogue porque le den una respuesta negativa o ninguna respuesta, deberia reunir el 25% de porcentajes o propietarios para poder convocar una junta. Ahi deberia plantear los problemas que aqui ha expuesto ademas de intentar, entre todos, buscar soluciones. Antes de esta junta seria interesante hablar con la empresa instaladora para saber porque se han cambiado las condiciones del presupuesto.
En el caso de negligencia demostrable u otro tipo de responsabilidad, la comunidad poidria reclamar el dinero perdido de las subenciones al responsable, sea la empresa, el presidente o el administrador (art 20,4) pero esto debe aprobarse en junta.
Chelinka, de acuerdo con usted sobre la primera cuestión que plantea. Sobre las demás, le comento:
Conseguí en su día convocar una reunión con el 25%,para quitar al administrador, los motivos eran- pago de facturas elevadas, algunas duplicadas, pago de daños que le correspondían pagar al seguro de la comunidad (el agente de la compañía es vecino y amigo del administrador) despreocupación por el mantenimiento de la comunidad. En junta se aprobó que los pagos superiores a 1000 euros deberían de llevar el acuerdo en junta, ha realizado pagos superiores a esa cantidad sin ser aprobados. Denuncié en esa junta del 25%, que se había cerrado el paso con una cadena por parte de unos inquilinos a una zona común, ahora hay unos propietarios que están pintando elementos comunes por propia iniciativa,se tenia que haber celebrado la junta anual en el mes de febrero, a día de hoy no se ha celebrado ni se han presentado las cuentas anuales, y el administrador y el presidente desaparecidos, E.TC . Contestación de la mayoría de los presentes en la reunión" PARA QUE LE VAMOS A ECHAR, SI EL QUE VENGA VA A SER IGUAL" .
Tiene usted razón chelinka, aunque me cueste adelantar dinero, no me queda más remedio que acudir a la vía judicial.
Alguno se preguntará que como se pueden realizar pagos sin la firma del presidente - SI UN PROFESIONAL CARGA UNA FACTURA A UN NUMERO DE CUENTA COMO ES EL DE UNA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS, LA ENTIDAD BANCARIA LO ABONA EN LA CUENTA DEL PROFESIONAL SIN HACER PREGUNTAS- como ven, no hace falta la firma del presidente. ¿Para que vale mi voto si la mayoría de los propietarios prefiere perder dinero, antes que meterse en líos ?.Gracias por las contestaciones