Si me adjudico un inmueble en una subasta y este tiene deudas pendientes con la comunidad
¿hasta cuanto tiempo atrás tengo que hacerme cargo de las deudas?.
Me temo que todos los años atrás. La ley especifica que el año actual mas los tres anteriores, siempre que el banco lo tenga escriturado a su nombre, cosa poco habitual ya que posiblemente este escriturado al propietario anterior y sea este quien deba a la comunidad, no el banco.