Que me lo pregunten a mí. No obstante, en el burofax que he mandado a la comunidad escrito por mi abogada, no figura todo lo que me está haciendo
una parte de la comunidad, ni como mobbing inmobiliario ni mobbing comunitario, sí habla de delito de coacciones (acoso).
Cuando se celebre la próxima reunión, ya veremos si con el burofax es suficiente para que me dejen en paz, o he de interponer una querella que supondría recurrir a la Vía Penal.
Aunque como término legal no existe, si existe el hecho cierto de mobbing comunitario.
Y si no, que se lo pregunten a muchos propietarios de comunidades.
Saludos,
no existe tipificado expresamente lo que usted comenta pero ello no obsta a que de un determinado comportamiento se puedan derivar distintas conductas tipificadas como ilícitas; le quiero decir que por ejemplo el concepto de moobing inmobiliario hasta hace bien poco no existía como un ilícito autónomo y la práctica ha llevado al "nacimiento" de ese ilícito.
En función de donde viva usted tambié existe la mediación de organismos públicos más imparciales e independientes que un administrador de una finca.
No. No existe como tal. Si esta tipificado el moobing laboral. Lo suyo si que existe...en comunidades donde sus vecinos no se llevan bien, o el administrador aun no ha hecho lo necesario para que eso no ocurra.
Durante años me siento tratado en forma diferente a otros vecinos, frente a situaciones similares. La pregunta concreta es: ¿ se contempla la figura del moobing comunitario?