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Modificación sustancial de las condiciones de trabajo

1 Comentarios
 
Modificación sustancial de las condiciones de trabajo
01/02/2022 17:40
Hola buenas, recientemente se ha realizado una MSCT respecto a los horarios habituales que tenemos en la empresa, la empresa ya lo ha notificado a todos los trabajadores pero dicho cambio horario no se aplica hasta el mes de marzo. Tengo pensado pedir la rescisión de mi contrato por el MSCT pero me queda la duda de ¿que plazo tengo para pedir la rescisión del contrato?. He estado mirando el Estatuto de los trabajadores y solo habla de plazos en caso de querer impugnar en los juzgados la modificación, pero si simplemente quieres rescindir el contrato no dice nada. Por cierto el convenio colectivo tampoco dice nada al respecto.
Quedo a la espera de vuestra respuesta, un saludo.
01/02/2022 20:40
No dice si la notificación ha sido por escrito o no.
En ppio, si no es por escrito su plazo empezará a contar en marzo, cuando comience la msct y entonces tendrá 20 días para impugnar ante el Juez dicha modificación, deberá seguir los pasos del art 41. 3 ET, primero impugnar y si el Juez da la razón a la empresa sobre el cambio pues será entonces cuando pueda solicitar ante el Juez la rescisión contractual, es decir, en ppio no le queda otra que impugnar y mientras no salga el juicio tendrá que tragar con el nuevo horario.
smo