Trabajando a media jornada, con un contrato indefinido a tiempo parcial, cogi vacaciones y el dia de reincorporarme, baja por enfermedad común.
La mutua ha tratado 4 veces darme el alta, y he conseguido que me la prorrogasen pero despues de 8 meses ya no habia posibilidad de continuar de baja.
no quiero seguir trabajando. tengo 59 años y quiero jubilarme, y cobrar el paro hasta la jubilación.
He hablado con la empresa, y me ofrece modificación de parcialidad para que la rechace y pueda cobrar el paro.
¿es verdad que si me reduce la parcialidad y la rechazo, puedo cobrar el paro?
Yo le dije que me despachara por llegar tarde, disciplinario pero me dijo que no.
Le dije que por no poder desempeñar mi actividad por la enfermedad y me dijo no.
A ver... es que no es tan fácil llegar a un acuerdo para que alguien que no quiere trabajar cobre el paro.
Las multas por fraude pueden ser muy grandes para las empresas y el trabajador se queda sin prestación.
Buenas, se puede acoger al art 41 del ET, en pocas palabras, extinción voluntaria indemnizada por modif.sustancial de las condiciones de trabajo, y conservando derecho a paro, vulgarmente hablando si le modifican la jornada le hacen un favor.
Eso sí.
Yo, cuando he dicho que no era fácil, me refería más a lo que dice el consultante sobre "Yo le dije que me despachara por llegar tarde, disciplinario pero me dijo que no". Eso sí que es difícil si no hay amonestaciones y sanciones previas, porque "huele" a acuerdo.
Buenas, sin duda, es desproporcionado despedir por una llegada tarde al trabajo o inasistencia, debe haber más reincidencias e injustificadas, pero a veces, la desesperación nos conduce a este tipo de soluciones un poco surrealistas, por otro lado, la inventiva de las empresas es desorbitada, cuando de verdad quieren despedir a alguien.
Vamos por partes.
Es una infracción muy grave la connivencia empresa trabajador para la obtención de prestaciones a las que no se tiene derecho. Dicho esto, y como es sabido, es muy usual. Pero:
La modificación sustancial conlleva una indemnización que lo mismo la empresa no está dispuesta a pagar dado que el que quiere abandonar el trabajo es vd.
Si lo despiden disciplinariamente inventando una falta, la empresa se puede quedar colgada de la brocha si vd. los demanda. Está claro, si nos inventamos un motivo, luego no lo podemos acreditar.
Pero siempre queda la opción de provocar el despido, faltas de asistencia, llegar tarde... , es decir, cometer faltas laborales para que a la empresa no le quede más remedio que despedirlo con cierta seguridad de que, si vd. demanda, se declarará procedente
A ver, no quiero seguir trabajando en la empresa, me dio un ictus, y aunque tengo el alta medica, debo cuidarme, por eso, le propuse a la empresa el despido, que nunca denunciaría porque quiero cobrar el paro y cuidarme
Ni dudo ni cuestiono sus motivaciones. Pero insisto, vd. Tiene el alta médica, ergo no está incapacitado para trabajar. Si quiere cuidarse, con todos mis respetos, no tenemos por qué pagarlo todos.