Pertenezco a una Agrupación de Interés Urbanístico. ¨Ya tenemos el proyecto de reparcelación y ejecución aprobado y registrado hace 6 años, donde a mi me tocaron 6 parcelas con su superficie, las cuales están registrada en el registro de la propiedad e hipotecadas.
Ahora unos de los propietarios y presidente de la agrupación quiere inclinar un poco la calle que se aprobó en el proyecto reparcelación y ejecución,( porque su parcela tiene mas metros de los que reza en registro ya que vallo su casa y puso su pared donde no debía, se comió parte de la zona verde). Al inclinar la calle la zona verde se queda igual que pone en el proyecto, pero mis parcelas pierden unos 100 metros. El se basa en que en los estatutos pone esto:
"3. Cualquier modificación del ámbito de actuación deberá ser aprobada por la J. General,salvo pequeños ajustes de limite, de superficie inferior a un 3% de la totalidad,de los que dará cuenta en la primera Junta General que se.
Celebre.
4. El ámbito modificado debe ser , en la mayor parte de su superficie, propiedad de miembros de la agrupación y la modificación no debe impedir que el presidente , pueda obtener y mantener la adjudicación del programa de adjudicación preferente y desarrollado."