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Modificación régimen comunitario a general

1 Comentarios
 
22/07/2022 18:38
hnar
Hola:

1.- La modificación de régimen comunitario a régimen general se ha de solicitar en el plazo de tres meses siguientes a la cancelación de la inscripción como pareja de hecho.

2.- Para modificar a una autorización de residencia y trabajo por cuenta propia, necesita cumplir con los requisitos exigidos por el Reglamento de desarrollo de la Ley de Extranjería para la concesión de una autorización de residencia y trabajo por cuenta propia.

3.- La nueva autorización de residencia temporal se concederá por el tiempo que corresponda de acuerdo con el esquema del régimen general de Extranjería (autorización inicial, primera renovación, segunda renovación y larga duración), teniendo en cuenta el tiempo que ha sido titular de la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión.

Un cordial saludo.
Modificación régimen comunitario a general
21/07/2022 13:07
Hola,

Les agradecería mucho si aclaran unas dudas.
Si pareja de hecho no dura 3 años y se solicita el cambio de régimen comunitario a régimen general con autorización de trabajo por cuenta propia que tarjeta van a dar? Que validez tendrá? De un año o la misma validez de tarjeta comunitaria? Y para renovar esa tarjeta que requisitos hay que cumplir. Muchas gracias