Os quiero consultar si mi marido, ahora que vamos a separarnos despues de dos meses que se ha ido de casa (no voy a ir por contencioso a menos que el lo busque), puede modificar su nomina de 1600 euros a 600 porque le dice a una amiga que asi no me va a tener que pasar tanto dinero. Tengo dos hijos de 9 y 6 años, no tengo casa en propiedad (es de mis suegros) y estoy en paro hasta septiembre, si me dan la guardia y custodia como dice mi abogado, tiene que pasar 700 euros de pension alimenticia a sus hijos, yo renuncio a mi compensatoria.
¿Puede modificar la nomina? ¿la empresa puede permitir rebajarle el sueldo en nomina?¿puede hacerme esa jugada? Tengo muchas dudas
Crudo lo lleva si intenta disimular. Una bajada repentina de sueldo suele ir contra derechos adquiridos o derpender de sus sola voluntad ( dejar de hacer horas etc). Lo siento por el si solo busca ganar en la separacion.
Otros nos negamos a defendernos en ese y en otros muchos sentidos y mira tu, los chicos terminaron viviendo conmigo.
Buena actitud la de evitar pleitos, mas en los temas familiares. Toda la suerte en el proceso ( pq eso de 1600 a 600......... malas maneras apunta)
habla con tu abogado y que te aclare tus dudas,,si te separas la semana que viene,lo haceis de mutuo acuerdo?entonces es por que ambos estais de acuerdo en todo.
yo he propuesto el mutuo acuerdo. En los papeles figura una pensión alimenticia de 720 euros, la mitad de los gastos de los niños a medias, la guardia y custodia para mi (el ha abandonado el hogar) y la patria potestad para ambos.
El problema es la casa que se adjudicaria a los niños hasta que sean independientes y con eso no traga (me ha dejado mensaje amenazante en contestador diciendo que vamos a juicio). La casa es de su madre y de dos herederos de su hermano fallecido, con lo cual la familia no quiere perder esta casa, no mi suegra, sino los otros dueños.
Si vamos a juicio, nos va a costar mucho dinero que no tenemos pero el está dispuesto. Yo quiero saber que voy a ganar con esto porque el paro se me acaba, supongo que darán a los niños pension alimenticia menor a la que yo pido y a mi una compensatoria que ahora no quiero (quiero que todo sea para los niños). El problema es la casa, el juez se la adjudica a los menores? Llevamos 12 años viviendo aqui como vivienda habitual y 6 años empadronados en este domicilio. Me podeis informar?
Podría ocurrir que se atribuyera el uso de la vivineda por tiempo limitado al cónyuge custodio. Lo de adjudicarse a los menores, es cuestión de pensar un poco: no se puede adjudicar la propiedad de un tercero a tus hijos porque sí.
Entiendo que tu marido no trague por eso.
Un ejemplo:
La Sección Cuarta de la Audiencia de Barcelona ha ordenado a una mujer abandonar el domicilio de su ex suegra después de que se separara del marido porque entiende que, tras el divorcio, no existe ningún vínculo válido que le permita vivir allí.
(El seny catalán)
La Audiencia considera que la única relación que "unía a las partes" era el hecho de que la suegra cedió a su hijo y a su nuera, así como al hijo en común, "la posesión de la vivienda" cuando éstos se casaron. El tribunal afirma que una vez roto el matrimonio, "no hay vínculo suficiente" como para que la mujer y su nieto sigan viviendo allí.
Con esta decisión, el tribunal ha revocado una sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 10 de Barcelona que rechazó la demanda interpuesta por la suegra y ha ordenado que tanto la ex esposa de su hijo como el nieto abandonen el domicilio.
SITUACIÓN HABITUAL.
La mujer acudió a los tribunales para interponer una demanda contra su hijo y la ex mujer de éste para que abandonaran su casa después de divorciarse alegando su "mayor necesidad" de ocupar la vivienda.
El juez desestimó su demanda, basándose en la sentencia de separación matrimonial que atribuyó el uso de la vivienda a la ex esposa. Tras el divorcio, la ex mujer siguió viviendo en el domicilio de la suegra.
No obstante, la Audiencia de Barcelona acoge la pretensión de la ex suegra y entiende que, si bien ésta cedió el domicilio al matrimonio, tenía derecho a revocar su uso cuando quisiera.
El tribunal señala que "ésta es una situación que se produce con cierta frecuencia en los tiempos actuales", donde una resolución matrimonial atribuye el uso de la vivienda familiar a la mujer, que normalmente es la nuera de los propietarios.
Aun así, entiende que la voluntad de la cediente no puede verse afectada por la resolución judicial de separación.
Vamos a intentar escribir con propiedad para evitar equívocos. El USO de la vivienda es, o suele ser para el cónyuge custodio. El uso, no implica propiedad. En el caso que expones, la propiedad es de un 3º por lo que, según mi opinión, y salvo mejor criterio, el uso quedaría limitado en el tiempo.