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modificación de la situación de estancia por estudios a la situación de residencia y trabajo

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      • Tema: Modificación de la situación de estancia por estudios a la situación de residencia y trabajo
3 Comentarios
 
Modificación de la situación de estancia por estudios a la situación de residencia y trabajo
04/04/2011 11:31
Buenos días,
Soy Colombiana y mi situación es la siguiente:
Me han concedido la modificació de la situació d'estada per estudis a la situació de residència i treball per compte d'altri.
tengo la resolución, pero no se lo que tengo que hacer ahora para tramitar el NIE. En mi trabajo me dicen que renueve como estudiante, pero no lo entiendo, me dicen que esa autorización no sirve de nada.
04/04/2011 12:29
Hola. Entiendo que usted está en Cataluña, ya que menciona el título de su trámite en catalán y en su caso, si está en Cataluña, la tramitación es competencia de la Generalitat de Cataluña. Y quien le ha notificado ha sido la Generalitat de Cayaluña, aunque se trata de una resolución conjunta con la Subdelegación del Gobierno en Barcelona (no se debe perder de vista que la Generalitat solo TRAMITA, pero la competencia para resolver en mataria de residencia sigue siendo competencia exclusiva del Estado y es luego de que el Estado ha concedido la autorización de residencia que la Generalitat puede a la vez conceder la autorización inicial de trabajo cuando la actividad se vaya a desarrollar en Cataluña).

Si ya tiene la resolución (cuando la expide la Generalitat viene siempre en catalán), le debe venir indicado en ella lo que ha de hacer: lo mismo de siempre, dirigirse a la Comisaría de Policía que le corresponda (si está en Barcelona, la de la calle Guadalajara esquina con Bosch).

Si usted ha estado en situación de estancia por estudios, ya debe tener NIE, Número de Identificación de Extranjero. Lo que debe solicitar, con la resolución que le ha sido notificada, es la tarjeta de identidad de extranjero, en la Comisaría. Hágalo pronto, para que empiece a tramitarse, porque demora un mes. Hasta tanto, con la resolución que le han expedido, más el resguardo de la expedición de la tarjeta que le den en la Comisaría, ya pueden afiliarla a la Seguridad Social (no olvide que la EFICACIA de la autorización está condicionada a que se produzca el alta en la Seguridad Social); si ya ha venido trabajando con una autorización administrativa para trabajar como estudiante y ha estado cotizando, debe comunicarse a la Seguridad Social que usted ahora es titular de una autorización de residencia y trabajo. No olvide tampoco que en adelante cotizará por desempleo, una contingencia por la que no se cotiza cuando se trabaja con una autorización administrativa para trabajar siendo estudiante.

Un cordial saludo.
04/04/2011 14:33
Hola. Se ha respondido a la consulta, pero aparece como no respondida. Quizás sea un error del sistema o del programa.

Un cordial saludo.
04/04/2011 15:20
Gracias, si que he leido la respuesta y me ha quedado claro.
de nuevo Gracias