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modificacion art.56 ET

1 Comentarios
 
Modificacion art.56 et
01/06/2009 23:10
Buenas noches a todos,

Espero que podais ayudarme con mi duda, es la siguiente:

¿Ha habido una modificación del artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores?

He escuchado que ahora la indemnización que corresponde a un trabajador que ha sido despedido indisciplinariamente es de 33 días por año trabajado en vez de 45 como estipulaba el mencionado artículo del Estatuto de los Trabajo¡adores.

¿Qué hay de cierto en esto?

Muchas gracias a todos por adelantado.

un saludo.
01/06/2009 23:21
No, no ha habido ninguna modificación de dicho artículo.
Despido indisciplinario no existe. Existe el despido disciplinario, y éste puede ser procedente (no se tiene indemnización pero sí, paro) o improcedente (se tiene derecho a la indemnización de 45 días por año con un tope de 42 mensualidades como establece el art. 56 ET y paro).
La indemnización de 33 días por año con un tope de 24 mensualidades, es cuando el despido es objetivo y declarado improcedente, y además, el trabajador tiene un contrato de fomento de la contratación indefinida (Disposición Adicional 1º Ley 12/2001).