Ante todo dar las gracias por las 94 personas que han leído el post tal vez me equivoqué de sitio y pensé que me podrían dar una orientación antes de ir a un abogado experto en estas materias pero la conclusión que saco, quizás errónea, es que después de 94 personas que han leído el post ninguno es capaz de facilitar una orientación sobre el tema expuesto, aunque sea por ejem. "No es el foro adecuado", "puedes dirigirte a..." "Es demasiado complicada la pregunta", etc...
Ruego disculpen las molestias por el post escrito ante un foro que no dudo que haya profesionales en la materia.
Mi madre, ciudadana española de 90 años , posee un apartamento en París heredado de su madre, nacionalizada francesa, nunca ha hecho, ni le han requerido para hacer el modelo 720 de la AEAT, mis dudas son las siguientes:
1.- Si ahora lo hace ¿Que consecuencias tendría? ¿Sanciones? ¿Carácter retroactivo?
2.- Si lo vende, ¿Se descubriría que no hizo modelo 720? ¿Repercusiones?
3.- Si fallece y no fue nunca requerido, los herederos tendrían que hacer algo o estaría el contador a cero?.
4.- Los herederos tendrían que tributar en Francia y España o hay acuerdo de doble imposición?
5.- ¿Existe la figura del condominio en la Hacienda Francesa? ¿Consecuencias?