Buenas tardes, mi pareja lleva de baja desde el 18 de enero del 2023 y en marzo le dieron la minusvalía por una enfermedad que ya tenía desde hace años. Nos han comentado que estando de baja y teniendo minusvalía podría cobrar el 100% de su salario,eso como podríamos averiguar? Algún abogado que nos ayude. Gracias.
Hola ,no sé si estoy en lo correcto,pero por tener minusvalía no te pagan nada,yo tengo un 53%,y no cobro nada.Luego creo que el cobrar el 100%,depende de cada convenio,en comercio si cobras el 100%,desde el primer día ,tendrás que mirar el de su trabajo,espero a verte ayudado en algo.
Quiere usted decir que le han concedido un grado de discapacidad?
Si es así y este grado de discapacidad es igual o supera el 33 % de discapacidad estará exento de cotizaciones a la Seg Soc, esto no quiere decir que vaya a cobrar el 100 % al estar de IT, esto depende del tipo de contingencia si común o profesional y del conv colectivo de aplicación, cosa distinta es que cuando se reincorpore de la situación de IT y comunique ese grado de discapacidad a la empresa, al realizarle la nómina no podrán reternele IRPF que dependiendo del salario oscila en porcentuales elevados, sueldos inferiores a 12000 €/año exentos de este tributo, sueldos de 22000 €/año y dependiendo de otras muchas condiciones no sólo laborales pagarían entre u 7 o un 13 %, bueno pues con ese grado de discapacidad estaría exento.
smo
Muchas gracias a los dos, sí le han concedido la minusvalía. La incapacidad es por enfermedad común, es cocinero en una residencia, donde podríamos mirar lo del convenio, sabemos cual es su convenio pero no sabemos qué debemos de mirar en el para saber cuánto debe cobrar ni nada de eso. Agradecemos vuestra ayuda.
Busque en Google "VIII convenio de la dependencia" en la página 71 de 75 viene reflejado el salario de cada trabajador según su categoría para el año 2023.
Luego ya el IRPF que le están aplicando eso mejor lo mira usted en una nomina anterior que deberá tener por su casa
Buenas tardes
Tengo un trabajo a jornada completa y me gustaría saber si puedo trabajar en otra empresa a media jornada teniendo una discapacidad del 33%.Gracias
En España el pluriempleo es legal así que si puede compatibilizar ambos trabajos y no hay cláusulas de competencia desleal o de dedicación exclusiva en los cotos de ambas actividades no habría ningún problema.
smo