El caso es, un matrimonio con un hijo menor de edad, se divorciaron en el 2013 y según el convenio regulador la patria potestad es compartida pero la guardia y custodia es solo para la madre. Mi duda es si el padre debe poner a su hijo en su declaración o no, es decir, forma parte de la unidad familiar del padre?
No forma parte de la unidad familiar del padre y éste deberá presentar una declaración individual. Aunque la guarda y custodia fuera compartida sólo uno de los miembros de la ex-pareja podría tributar de manera conjunta con la totalidad de los hijos.
El cónyuge individual que presente la declaración conjunta con sus hijos tendrá derecho a una reducción de 2.150 euros en su base imponible.
Además, el progenitor que tenga atribuida la guarda y custodia aplicará en su declaración el mínimo por descendientes en su totalidad mientras que el otro, que normalmente abona los alimentos, podrá reducir su cuota de IRPF separando el importe de esos alimentos del resto de su base imponible.
Gracias Abalo,
Y si en lugar de estar divorciados, son una pareja de hecho con un hijo y viven juntos en la misma casa. En ese caso si que podrían(deberán, según entiendo el manual de Hacienda) repartirse el mínimo por descendiente entre los dos progenitores (si no hacen la declaración conjunta) ¿No?
En ese caso, un miembro de la pareja debe hacer la declaración conjunta con el hijo con lo que obtiene la reducción de 2150 € y ambos miembros pueden repartirse el mínimo por descendientes al 50% tal y como afirmas.