sin cotizar su padre a la seguridad social desde el año de la teleraña; tendrá mi hija derecho a pensión de orfandad?
tal y como están las cosas?
pos yo lo dudo.....
hay personas que valen más muertas que vivas.....pero este señor ni una cosa ni otra....
maxmar decirte una cosa yo no estoy disgustada porque no pague las pensiones de su hija, es que como entenderas nunca lo ha hecho, asi que nunca he contado con ese dinero.....aqui lo lamentable es que:
1.- el señor viesca durante años no paso dinero;
2.- en el 2006, pide la custodia, osea inicia procedimiento, bien sale la sentencia; tampoco paga;
3.- la sentencia definitiva, la recurre par ano pagar, supresión de pension para su hija a pesar de pedir la custoida para él;
4.- sigue sin pagar; pero reclama derechos;
porque los derechos los tiene todos y los deberes los asumo yo.......con lo cual yo asume todos los derechos.....
esto es lo que molesta su IRRESPONSABILIDAD, SU HIPOCRESIA Y SU DEMOGIA........
Maxmar, es Vd. digno de divertirse a su costa... ¿sabe Vd. cual es la situación realmente o simplemente estima oportuno creer lo que una persona diga en un foro y coincida con su interés de Vd?
Estoy seguro que cuando muera un no custodio, pueda pagar o no alimentos, no dependerá de su deseo...y si muere sólo o en compañía tampoco dependerá de su deseo...
¿Qué desea Vd. al progenitor que un juez le dice esto (vease que no es lo diga el progenitor, lo dice el juez)?
Juzgado Primera Instancia e Instrucción nº1 de Piloña-Asturias SENTENCIA 55/2009 a 1 de julio 2009
…los autos de juicio de faltas nº 54/2009 en el que son parte D. José Ramón Viesca, en calidad de denunciante y Luz Rosquete López.
HECHOS PROBADOS
ÚNICO.- Queda probado … que José Ramón Viesca Iglesias, ha mantenido en el espacio temporal que transcurre desde el 8 de noviembre de 2008 hasta el dos de enero de 2009, varias conversaciones telefónicas con la madre de su hija Luz Rosquete López y con su propia hija cuando estaba acompañada por su madre, en las que bien directamente o a través de su hija, le decía que no podría ver a la niña si a cambio no entregaba ciertas cantidades de dinero.
FUNDAMENTOS JURIDICOS
…ya que por medio de conversaciones telefónicas mantenidas con la propia Luz Rosquete López o con su hija siendo acompañada en la conversación por su madre, se supedita por parte de aquella las visitas que legalmente le corresponden con su hija a la entrega de un dinero. Esta afirmación ha sido corroborada por varias personas en el acto del juicio que han podido escuchar las conversaciones telefónicas referidas. Así Gloria Brull Cortés ha manifestado que en una conversación de la que fue testigo, Luz Rosquete López hablaba a José Ramón que abandonara toda esperanza de ver a la niña ya que no pagaba el dinero que la niña necesitaba, mientras le recriminaba hechos del pasado. De igual forma Jorge Luis García Sariego ha manifestado saber, por su conocimiento directo, que Luz Marina Rosquete López siempre trató de que José Ramón no viera a la niña porque pagaba poco dinero. Otro testigo Diego Alonso Merediz aseguró haber escuchado una conversación de José Ramón con su hija, en noviembre de 2008, en la que la menor era apuntada en la conversación por su madre, diciendo que no la vería a menos que pagara ciertas cantidades.
FALLO
Que debo condenar y condeno a Luz Rosquete López como autora personal de una falta de coacciones o vejaciones injustas…a la pena de seis días de localización permanente, así como al pago de las costas causadas.
Sentencia que condena a Luz Rosquete López por incumplimiento de régimen de visitas:
Sentencia 31/2010 de 06/05/2010 Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Icod de los Vinos
….Hechos probados.
Unico.- Queda probado y así se declara: que la denunciada no dejó viajar a su hija para dar cumplimiento al régimen de visitas establecido a favor del padre de la menor y denunciante en las presentes. No sólo impidió a su hija viajar, sino que además coaccionó al padre a través de su hija advirtiéndole de que como no retirara la denuncia que dio origen al juicio de faltas nº54/2009 seguidos en el juzgado de Instrucción nº 1 de Piloña (Asturias), por la que se condenó en sentencia de fecha 1 de julio de 2009 a Dña Luz Rosquete López por coacciones, no dejaría viajar a la hija; todo ello usando a la niña como intermediaria. Finalmente, la madre anuló el viaje que había sido reservado y abonado previamente por el padre.
Fundamentos jurídicos
Segundo.- …En el caso de autos, no cabe duda del incumplimiento a que da lugar la actuación de la madre, quien usa a la niña como intermediaria para ocasionar que el padre no pueda disfrutar de la menor durante el periodo vacacional a que tenía derecho. Por su parte, la madre manifiesta que no deja que la niña vea a su padre porque la menor no desea ver a su padre, asegurando que no influye en la niña. Si bien lo bien cierto es que está usando de la niña para perjudicar al padre, y por supuesto, a su propia hija. No cabe duda de que la madre está actuando de todo punto en contra del interés superior de la menor a que viene obligada….
Fallo
Que debo condenar y condeno….
que no digo que se muera. Digo que la vida de la hija sería mejor con la pensión del estado. Ahora no cobra nada y tiene una madre disgustada cada poco por este hombrecillo. Sí en vez de con frialdad hablo con el corazón Espero que viva muchos años y muera sólo
Agradecería que nadie se dedique a confrontar con maxmar, ni con nadie, sobre mi (aunque lógicamente cada cual es muy libre de hacer lo que quiera, lo prefiera o no yo) en realidad a maxmar le molesta que yo pueda aportar a pesar de no tener nada que ver con ella (se supone) o simplemente estima que sus comentarios sobre mi pueden distraer de los temas de que se hable...Pues es evidente que no será posible...
Tengo otro punto de vista, una persona en paro y sin ingresos puede ser mas válida dando opinión que una que no tiene el problema de tener que pagar y no tener ingresos...
Creo que maxmar se "califica", por otro lado, quien considere que mi opinión no es útil por estar en paro y sin ingresos (y por tanto no poder pagar alimentos y tener judicialmente solicitado suspensión del pago, que es lo correcto) creo que no merece tener mi opinión...la considere o desconsidere...Así que doy mi opinión y quien prefiera no considerarla está en su derecho (por recomendación de maxmar o por otro motivo) igual que yo tengo derecho a opinar (le guste a maxmar o a otra presona o no) y quien prefiera otra vía de información ya sabe, esperarla en el foro o buscarla en otro lugar...
solo acnseja la forma de no pagar (interes del mayor); nunca he leido a este señor aconsejar pagar los aliemntos del menor, nunca defiende los intereses del menor, y no me venga con el cuento del SAP, ni de custodias compartidas.....porque si ni concede un juez la custodia compartida, entonces lo correcto es nomantener a los hijos.....
y con la cancion de no tengo ná....pa darle a mi hija....yo vivo y pago internet....!
el que jose ramon pague o no pague la manutencion no quiere decir que sus consejos legales sean menos validos que los de cualquiera, tu comentario sobra, maxmar.