Mi cliente dice que sólole insultó que no le amenazó con nada pero en la denuncia pone del otro pone frases de ese tipo y "te voy a meter una h..." Lindezas de ese estilo.
Además de negarlo todo, subsidiariamente alega que no existió jamás un ánimo de atacar la libertad o tranquilidad del denunciante (menos aún de cumplir lo anunciado), puesto que las amenazas fueron proferidas en el fragor de una discusión, mediando ofuscación.
¿en qué consisten las amenazas que se imputan a tu cliente?
Ante todo, por alusiones, quiero decir que la razón de que haya abierto este post es para defender los intereses de mi cliente lo mejor que pueda ya que reconozco que, al ser mi primer juicio, estoy muy verde. Por eso quiero dar las gracias a todos aquellos que amablemente me han brindado su ayuda, aunque haya hecho preguntas que para vosotros, abogados experimentados, puedan parecer tontas.
En cuanto a la cuestión planteada, por lo que veo he hecho bien en pedir la suspensión por indefensión por lo que, estoy contento de no haber metido la pata ahí.
Ahora bien, a ver como se desarrolla el juicio. Me parece que llevamos las de perder porque en una reunión de vecinos de una comunidad, en la que los únicos vecinos son la otra parte y su esposa y mi cliente, los dos hombres discutieron y se insultaron. Mi cliente ha denunciado al otro por injurias y este a mi cliente por amenazas. La esposa de la otra parte declarará a favor de su marido, como es lógico, y mi cliente no tiene testigos a su favor. Por lo que sumpongo que tiene pocas posiblidades de ganar. ¿Podeis darme algún consejo?
Ayudarle?... Bueno... es que no se por donde empezar... todas esas reglas que ha publicado aunque son oficiales, al final terminan no siguiendose en casi todos los juicios, esta bien enterarse pero para mi no tiene mucha importancia, o tal vez los jueces de aqui sean incompetetentes que tambien es un factor a contar pero creo que deberia preguntar cosas sobre el caso que le ayudaran un poco mas.
Y ya que estoy, que con las prisas se me olvidaba. Ciertamente se puede optar por la vía del recurso, pero teniendo en cuenta la no preceptividad de la asistencia letrada, desde el momento en que una citación no está realizada con todas las garantías procesales, procede inmediatamente la suspensión para practicar de nuevo la citación de forma correcta, dando igual si se entiende o no por el Juez a quo que no se hicieron valer los derechos via recurso.
Gracias por tu respuesta y por tu paciencia.
En este caso no hubo auto previo de incoacción, que yo sepa. Mi cliente y la otra parte fueron practicamente juntos a comisaría a denunciar y a mi cliente le citó directamente la policía en ese momento, señalando la hora y la fecha en la coordinación con la agenda del Juzgado. Al juez no se le había dado traslado del atestado cuando citaron a ambos.
Pues bien. Hoy llegamos al juzgado y puse de manifiesto el error en la citación antes de la vista y el juez la suspendió entendiendo que podía apreciarse indefensión, no porque a mi cliente no se le hubiese citado como denunciante sino porque al otro (que estaba allí) no se le citó como denunciado sino sólo como denunciante.
En fin, ahora, hay que esperar a que se fije nueva fecha y, mientras podré ir al juzgado y ver los autos.
A ver, con el permiso de todos, en especial de Data, te comento una cosilla, porque a mi me ha pasado en un caso que llevo yo, aunque como no digo numero de diligencias ni nombres nadie sabe a quien me refiero (lo digo por el secreto profesional).
Cuando hay presentada una denuncia se dicta, en su caso, un auto tramitando por juicio de faltas. Si a tu cliente le ha llegado la citacion como denunciado, es ahora cuando ha de designarte rapido como letrado y te personas. Desde ese mismo instante tienes un plazo de tres dias para recurrir en reforma ese auto, solicitando la acumulacion a tal o cual.
Yo lo tuve que hacer recientemente y me han estimado el recurso.
Es muy sencillo. No me esperaria al juicio de faltas, porque se puede entender que no hiciste valer tus derechos via recurso.