Buenos días, escribo aquí porque me hallo en un proceso de máxima angustia: hace poco mi padre ha decidido que durante este próximo año va a vender 2 propiedades. Os pongo en contexto:
Mi madre murió hace 8 años, dejando a su marido, y dos hijos (yo y mi hermana). En mi familia hay dos propiedades, y por lo que me consta, mi padre es el dueño del 50% suyo, y tiene, por parte de su mujer fallecida, el usufructo de 1/3 de ese 50% restante.
Mi pregunta es simple: ese tercio de usufructo, también le pertenecería a mí padre a la hora de vender? O si vendiera, nosotros tendríamos derecho a la totalidad del 50% de mi madre?
No se si ese tercio de usufructo es a nivel de derecho de uso solo, o si tiene propiedad en èl también.
Dicho de otra manera, en caso de venta, le correspondería a mí padre el 66% de la misma (su 50% más el 33% de usufructo), o solamente le correspondería su 50%?
Espero que se haya entendido mi duda, y gracias de antemano!
No, a tu padre le correspondería el 50% del que es propietario, y el valor del usufructo de 1/3 del otro 50%.¿Cuál es el valor de ese usufructo? El que de común acuerdo decidais los 3 propietarios. Es bastante habitual, en estos casos, usar la regla del 89 menos edad, pero sólo si los 3 estáis de acuerdo
Una propiedad sobre la que pesa un usufructo significa que hay un propietario del bien (el "nudo propietario") y hay otra persona distinta que tiene el derecho de uso y disfrute del bien (el usufructuario). El valor de ambas partes es el total del bien. Para calcular cada parte, se empieza por el valor del usufructo ¿porqué? porque no es lo mismo un usufructuario de 28 años que tienen unos cuantos años por delante, que un usufructuario de 70 años. Este calculo puede hacerse por acuerdo entre las partes, o utilizando la regla que usa Hacienda para calcularlo.
¿Que hace hacienda?. Considera que la esperanza de vida del español medio está en 89 años, por lo que resta a 89 la edad del usufructuario, y la cantidad resultante es el valor del usufructo, expresado en terminos de porcentaje. Ejemplo: supongamos un usufructuario de 60 años. 89-60= 29. Por lo que el valor del usufructo equivale al 29% de la propiedad.
Si su padre tiene...pongamos,.lo 60 años, le correspondería su 50% mas el 29% de la tercera parte del otro 50%. Total 54,83% del total del bien.
He estado leyendo algo sobre el tema, y en algunos sitios he leído que mi padre tiene el porcentaje de usufructo total sobre el valor total de la casa y no sólo sobre ese tercio de mi madre. Me explico:
Tenemos un Bungalow y una casa con un precio de mercado de unos 200.000 euros cada uno.
Si mi padre vende cada propiedad, le corresponde 100.000 euros por cada una de ellas, correspondiente a su 50%.
De la parte de mi madre (100.000 cada una de las propiedades), se desprenden 33.000 por el usufructo de mi padre, 33.000 la parte de mi hermana, y otros 33.000 de la mía.
Pues bien, mi padre tiene 66 años, por lo que en teoría le correspondería (por la regla de los 89 años) un 23% del valor ESE TERCIO (es decir, unos 7.500 euros de esos 33.000), o por el contrario ese 23% es relativo a los 200.000 euros que vale la vivienda (46.000, quedándose con un total de 146.000 de los 200.000 que vale la vivienda).
Es que he leído diferentes interpretaciones, y no sé si no lo capto bien. Perdonad la insistencia!