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Mi novio es marroqui y queremos ir a Alemania

9 Comentarios
 
04/06/2011 17:02
vale muchisimas gracias, con tu referencia me informare con mas detenimiento, es una buena noticia .

Un saludo
04/06/2011 15:10
Hola. El Ayuntamiento de Valladolid también tiene un Registro de Uniones de Hecho. Puede acceder a los requisitos a través de la siguiente ruta:

https://www.valladolid.gob.es/es/tramites-servicios/tramites-tema/documentos-personales/inscripcion-registro-municipal-uniones-civiles-ayuntamiento

Está también el impreso oficial, en documento word, que lo puede descargar. Y también tiene disponible una copia del Reglamento del Registro Municipal de Uniones de Hecho de Valladolid, en documento PDF (es corto), donde vienen los requisitos. Básicamente es lo mismo que se ha dicho líneas arriba. La persona extranjera deberá acreditar, con todo, su estado civil mediante certificación expedida en su país, que debe venir con las correspondientes legalizaciones y traducción oficial al castellano si viene de país cuya lengua oficial no sea el castellano o bien expedida por el Consulado de su país en España. Tampoco se exige en este Registro Municipal que la persona extranjera sea residente legal en España y tampoco que presente tarjeta de identidad de extranjero, basta el pasaporte en vigor.

Nota.- También es posible que tramite por Internet, si tiene certificado digital instalado en su ordenador.

Un cordial saludo.
04/06/2011 12:06
Hola que tal
He leido que en la junta de castilla y Leon no se peuden inscribir parejas de hecho, si uno de ellos no es residente legal ( en mi caso ella es extracomunitaria y esta irregular ). Pero veo que en Segobia si esta la opcion por medio de su municipalidad. He buscado para Valladolid pero no encuentro la informacion. Me podrias ayudar en ese aspecto o decirme donde leerlo ?

Muchas gracias de antemano
04/06/2011 11:25
Un millón de gracias por toda la información tan detallada. Me ha ayudado mucho, ahora tengo que empezar a verlo todo. De verdad, gracias.
02/06/2011 23:43
OPCIÓN MADRID:

En la Comunidad de Madrid existe el Registro de Uniones de Hecho de la Comunidad de Madrid, a cargo de la Consejería de la Presidencia, Justicia e Interior. Se encuentra ubicado en:

C/ Gran Vía 18 - planta baja
Horario de atención: de lunes a viernes de 9 a 14 horas.

Se ha de solicitar cita previa llamando al 012. O sino, cabe la posibilidad de tramitarlo telemáticamente, si dispone de certificado digital.

Con todo, se exige:

A) Que al menos uno de los miembros de la pareja esté EMPADRONADO en uno de los municipios de la Comunidad de Madrid.

B) Que no estén unidos mediante vínculo matrimonial con otra persona.

C) Que hayan convivido maritalmente al menos durante 12 meses consecutivos. No tienen que, necesariamente, haber transcurrido en la Comunidad de Madrid, lo que se trata de probar es que desde hace al menos 12 meses conviven y se tratan públicamente como pareja y se presentan como tales ante parientes, amistades, conocidos y vecindario en general y a la vez, son públicamente tenidos en tal concepto. Esto se prueba mediante la declaración de dos testigos mayores de edad.

D) Que declaren que no se hallan inscritos en otro Registro de Parejas de Hecho de España.

Nota.- Las citas para el Registro de Uniones de Hecho de la Comunidad de Madrid las están dando para dentro de algunos meses. Y a la vez, las citas previas en la Oficina de Extranjeros de Madrid (Comunitarios) para que su novio pueda solicitar la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión, están también tardando en ser concedidas. Podría informarse si acaso, tramitando por Internet, con certificado digital, podría agilizarlo un poco.

Le paso la dirección web del Registro de Uniones de Hecho de la Comunidad de Madrid:

http://www.madrid.org/cs/Satellite?c=CM_Tramite_FA&cid=1109168958196&definicion=Inscripcion Registro&idConsejeria=1109266187224&idListConsj=1109265444710&language=es&pagename=ComunidadMadrid/Estructura&sm=1109265843990&tipoServicio=CM_Tramite_FA


Y de la Oficina de Extranjeros de Madrid, sección comunitarios:

Av. Padre Piquer, 18
28024 - Madrid
(Madrid)
Tel.: 902565701 CITA PREVIA
(Horario: De de lunes a viernes de 8.30 a 13.00)


IMPRESO EX-16 :

http://www.mir.es/SGACAVT/modelos/extranjeria/ex_16.pdf


Escoja usted la opción que más se ajuste a sus intereses, sobre todo en cuanto a tiempo (dinero casi no costará, porque la inscripción es gratuita, solo el joven marroquí tendrá que incurrir en gastos para obtener su certificado de estado civil, las legalizaciones y las traducciones oficiales al castellano) y facilidades de acceso.

Un cordial saludo.
02/06/2011 23:42
Hola. Segovia pertenece a Castilla y León, una de las Comunidades Autónomas que exige a los extranjeros extracomunitarios contar con autorización de residencia para poder inscribirlos en el Registro de Parejas de Hecho. Hay una Orden de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades de la Junta de Castilla y León, la ORDEN FAM/1036/2010, de 5 de julio, por la que se modifica la Orden FAM/1597/2008,
de 22 de agosto, por la que se regula el funcionamiento del Registro de Uniones de Hecho
de Castilla y León, que entre las modificaciones introducidas estableció que a los extranjeros extracomunitarios debía exigírseles la tarjeta de residencia en vigor, porque hace una interpretación estricta del concepto de residencia, respecto de los extranjeros, circunscribiéndola a la residencia legal, en los términos en los que está definida en la Ley de Extranjería. De esta manera, una persona extranjera extracomunitaria no residente en España (por ejemplo, alguien que esté como turista o que se halle en situación de estancia por estudios) o en situación irregular, no podrá acceder al Registro de Uniones de Hecho de la Junta de Castilla y León.

Pero en Castilla y León, además del Registro Autonómico, existen también Registros municipales de Uniones de Hecho. Y estos Registros municipales, por lo que se puede leer en sus Reglamentos de creación y funcionamiento, más la información que ofrecen en las páginas web de los Ayuntamientos, no exigen a los extranjeros extracomunitarios tarjeta de residencia en vigor, solo un medio de identificación, que puede ser el pasaporte en vigor o la cédula de inscripción si es el caso.

Lo que sí se exigirá en CUALQUIER Registro de Parejas de Hecho de TODA España es la acreditación del estado civil de ambos, esto es, que presenten certificados de no estar unidos con otra persona mediante vínculo matrimonial. Los españoles deben obtener en el Registro Civil la Fe de vida y estado. Los extranjeros, el certificado de estado civil expedido por las autoridades de su país o por el Consulado de su país acreditado en España, con las debidas legalizaciones y traducciones oficiales al castellano.

Si alguno es divorciado, debe aportar, además del certificado de estado civil, la sentencia de divorcio con razón de firmeza y la certificación del Registro Civil en el sentido de que se ha inscrito la sentencia de divorcio.

En la ciudad de Segovia, existe un Registro de Parejas de Hecho, puede consultar las siguientes rutas, tanto de la página web como del Reglamento del Registro de Parejas de Hecho:



http://www.segovia.es/index.php/mod.pags/mem.detalle/id.830/relcategoria.2635/chk.42db0ea959fca660fbcd5d2c957bd4f1

http://www.segovia.es/index.php/mod.documentos/mem.descargar/fichero.documentos_parejas_470f55c5#2E#pdf


De acuerdo con el Reglamento, se exige (art. 4) que al menos uno de los dos miembros de la unión de hecho esté empadronado en el Ayuntamiento de Segovia (aunque sería conveniente y coherente que ambos se empadronen en el mismo domicilio).

En la página web de información aparece que deben haber convivido al menos doce meses consecutivos en relación de afectividad análoga a la del matrimonio. El Reglamento no dice nada expresamente y tampoco hace referencia a la necesidad de llevar testigos. Sin embargo, sería conveniente que declararan que conviven como pareja de hecho al menos desde hace 12 meses o un poco más. Con todo, puede usted informarse más detalladamente en el Ayuntamiento de Segovia.

Nota.- Los certificados de estado civil no los aporten en original, sin copias compulsadas, porque los necesitarán luego para Extranjería (sobre todo, por el joven marroquí, que le significaría un nuevo gasto y pérdida de tiempo).

Si se practica la inscripción, la certificación en tal sentido se deberá aportar, junto con el certificado de estado civil de ambos, su DNI español, su pasaporte marroquí en vigor, los certificados de empadronamiento de ambos (deberían estar empadronados en el mismo domicilio), más el impreso EX-16 por duplicado en la Oficina de Extranjeros de Segovia:

OFICINA DE EXTRANJEROS DE SEGOVIA:
C/ Ezequiel González, 22
40002 - Segovia
(Segovia)
Tel.: 921414726
(Horario: De lunes a viernes de 9.00 a 14.00)

02/06/2011 22:11
De verdad agradezco de corazón la rápida y detallada respuesta. Ha sido una gran ayuda porque no sabía casi ni por dónde empezar.
Con respecto a lo que dice sobre "si vive en una Comunidad Autónoma que no exige a los extranjeros extracomunitarios contar con tarjeta de identidad de extranjero o autorización de residencia", en mi caso estoy empadronada en Segovia, pero trabajo y prácticamente vivo en Madrid. Bueno, por saber en cuál de las dos podría ser más fácil lo de la pareja de hecho.

De nuevo, mil gracias y un cordial saludo.
02/06/2011 20:45
Hola. Es posible que se casen en España, siguiendo el procedimiento marcado por el Reglamento de la Ley de Registro Civil. Iniciar un expediente matrimonial previo en el Registro Civil del municipio donde usted esté empadronada. Al finalizar el expediente, con el auto favorable, pueden contraer matrimonio en el mismo Registro Civil o ante el Alcalde o concejal delegado en el Ayuntamiento. Cuando tengan la certificación literal de matrimonio, deberá él solicitar la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión en la Oficina de Extranjeros de la localidad en la que vivan.

Cuando se vayan a Alemania, deberá hacer usted algo similar a lo que hacen los extranjeros comunitarios cuando vienen a España: solicitar su inscripción en el Registro de Extranjeros que tengan establecido, ejerciendo su derecho como ciudadana de la Unión a establecerse en otro Estado miembro de la Unión y en cuanto lo haya hecho, su novio tendrá que solicitar una tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión en Alemania (tendrán que llevar una certificación plurilingüe del acta de matrimonio). Cuando él tenga la tarjeta, podrá trabajar también en Alemania.

Si lo desea, podría incluso obviar lo de la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión en España, si su intención, finalmente, es establecerse en Alemania. Pero sería conveniente que lo hiciera.

Ahora bien: algo más práctico y rápido: si vive en una Comunidad Autónoma que no exige a los extranjeros extracomunitarios contar con tarjeta de identidad de extranjero o autorización de residencia, podrán ustedes inscribirse como pareja de hecho, para que su novio tenga la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión española. Luego, llevan a Alemania la certificación de inscripción en el Registro de Parejas de Hecho, debidamente legalizada con la Apostilla de La Haya (es un documento que emana de un Registro Administrativo Local, no del Registro Civil, por eso no cabe la aplicación de la Convención sobre certificados plurilingües, sino la Apostilla de LA Haya) y traducida al alemán por traductor jurado (si el traductor jurado es español, también debe legalizarse la traducción, sino, pueden hacerlo traducir en Alemania). Una vez que usted ejerza su derecho como ciudadana de la Unión a establecerse en otro Estado miembro, podrá su novio, como su pareja de hecho, igual que si estuviera casado, solicitar en Alemania la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión.

Luego, si quisiera, podría casarse en Alemania, ante autoridad alemana o en el Consulado de España, siempre que primeramente se haya inscrito en el Registro de Matrícula Consular del Consulado.

Un cordial saludo.
02/06/2011 18:52
Al releer mi mensaje creo que queda un poco confuso. Yo soy española y trabajo en España y mI novio es marroquí y trabaja en Marruecos. No sabemos si lo mejor es casarnos en España o n Alemania, en caso de ser posible. Gracias de nuevo.
Mi novio es marroqui y queremos ir a alemania
02/06/2011 18:48
Mi situación es la siguiente: soy española y mi novio marroquí, residente en Marruecos. Dentro se unos meses es casi seguro que me salga un trabajo ej Alemania. Ahora no sabemos qué hacer o cuál es la situación para nosotros, para que él pueda venir legalmente a Alemania conmigo y también pueda buscar un trabajo allí. Nosotros queremos casarnos pero ahora no sabemos si lo mejor es aquí o en Alemania (si es que es posible). Él tiene visado para los estados Schengen. Muchas gracias de antemano por vuestra ayuda. Un saludo cordial.