Te agradezco infinito todas las consignas y consejos que me ofreces, espero tenerlos todos en cuenta y no meter la pata, es verdad que ante estas ocasiones ya dolorosas de por si lo que mas complica la situación es tener tantas dudas como yo tenía.
5.- Comuníquele a su abogado de oficio que desea interponer denuncia por detención ilegal, la mayoría lo son, pues se producen sin indicio ni sospecha fundada alguna, sólo con la palabra de la denunciante. El derecho constitucional y humano a la libertad de movimientos o ambulatoria no se puede restringir sin pruebas, indicios o sospechas fundadas.
6.- Durante la detención usted no ha perdido sus derechos constitucionales, denuncie cualquier maltrato o vejación, incluido el pretender alimentarlo a base de galletas María, beber agua del caño y sin vaso, dormir en el suelo, etc..
En caso de llegar a juicio:
1.- No permita que le pongan abogado de oficio 5 minutos antes del juicio, ni que se lo pongan sin hablar con él, para cubrir papeles.
2.- Si es juzgado por un anticonstitucional y violador de derechos humanos Tribunal de Violencia de Género, haga que su abogado presente como cuestión previa una solicitud de cuestión de inconstitucionalidad, bajo la posibilidad de incurrir en prevaricación si no lo hace, basándose en lo siguiente:
a.- Que no se puede aplicar el artículo 1 de la Ley de Violencia de Género, de que domina y ejerce el poder sobre su esposa, porque eso podría ser, en todo caso, el resultado del juicio que le pretenden hacer, que no se ha celebrado. Colocarle ante ese supuesto, sería prejuzgar, lo que es inconstitucional. Si lo hacen por su condición de hombre, entonces estamos ante un caso del Derecho Penal de Autor, en el que se buscan responsabilidades por otras presuntas actuaciones de individuos, en este caso hombres pretéritos, pertenecientes a vuestro grupo.
b.- Que la existencia de tribunales de género, vulneraría el derecho a su juez natural también conocido como juez legal.
c.- Que la existencia de tribunales de género, por buscar un determinado tipo de comportamientos, pierden objetividad e imparcialidad, al no tener entre sus funciones contemplar la hipótesis contraria, estarían vulnerando su derecho a un juez imparcial, lo que también es inconstitucional. Son tribunales ad hoc, su existencia y sus decisiones son contrarias a los más elementales derechos humanos, y base para que en países democráticos y estados de derecho no sean tenidas en cuenta sus decisiones. Recuérdese que las funciones de juzgar y de instruir se separaron precisamente para evitar que el juzgador estuviera contaminado por la instrucción.
Le advierto que estos protocolos, diseñados por las víctimas de estas violaciones de derechos humanos son perseguidos en Internet.
Sefardi09, Shalom aleichem, / , si procede. Como usted bien dice, lo primero abogado.
De entrada, puede denunciar por sustracción de menores al amparo del 225 bis 2.1:
“Artículo 225 bis.
2. A los efectos de este artículo, se considera sustracción:
1.El traslado de un menor de su lugar de residencia sin consentimiento del progenitor con quien conviva habitualmente o de las personas o instituciones a las cuales estuviese confiada su guarda o custodia.”
Partimos de la base de estar constatada la filiación y la residencia del menor en el domicilio abandonado.
Bien, a partir de estos momentos usted es una víctima potencial de la violencia de género, esto implica que:
1.- En cualquier momento le caiga una denuncia falsa.
2.- La otra parte está muy informada y a usted le ha pillado en calzoncillos.
3.- Deberá extremar las precauciones, no contacte con su esposa sino a través de su abogado. Cualquier comunicación puede ser grabada o almacenada.
4.- A partir de ahora, jamás establezca contacto personal con su esposa sin la presencia de terceros, acompañese de terceros si ello fuera inevitable. Intente por todos los medios tener coartada en todo momento, a toda hora.
Le informo que en caso de producirse una denuncia falsa usted no estará cubierto por el principio de presunción de inocencia, usted deberá demostrar la misma, la sola palabra de su esposa se convierte en prueba de cargo. Será detenido sólo con que su esposa presente denuncia falsa, sin prueba, indicio o sospecha fundada alguna.
En el caso de que le detengan, la fecha ideal para la denuncia falsa son los viernes por la tarde, siga el protocolo que ha continuación le indico:
1.- Conserve la calma, no se exalte. Aguante estoicamente la detención en lugar público o en su centro de trabajo.
2.- En comisaría/cuartelillo están obligados a leerle sus derechos y deberá firmar una hoja informativa con los mismos. No firme nada más.
3.- A la hora de firmar esa hoja, ponga el siguiente texto: “He solicitado asistencia letrada de oficio y Habeas Corpus” a continuación firme y comunique a los agentes dicha solicitud de Habeas Corpus y asistencia letrada oficio.
4.- Si su abogado de oficio le comenta que si se declara culpable sale ya mismo, no le haga caso, no firme jamás una confesión de culpabilidad sin ser culpable. Se arrepentirá toda su vida.
Mi esposa se ha marchado con mis hijos, se ha ido a casa de su madre y dice que no quiere seguir viviendo conmigo y que quiere separarse.
Como se que va a intentar destrozarme os ruego me digáis que debería hacer ( ya se que contactar con un abogado y lo haré ) pero como se que es capaz de decir y hacer locuras , mentiras, etc, si dejo el domicilio que vivíamos que era de alquiler y voy a casa de mi padre, a pesar de haberse marchado ella que diga que he sido yo el que la ha abandonado y me denuncie, etc. Como preservar la verdad para que no pueda manipular los acontecimientos con mentiras???. Esto es importante ??? Como dejar constancia de que ha sido ella la que se ha marchado ??? Por favor orientadme en los primeros pasos