Hola, buenos días, quería consultar qué hacer en el caso de que mi tía me quiera cobrar alquiler o desalojar.
Mi abuela tenia una casa, se enfermó yo me mude con ella y la cuide hasta que murió, ella siempre quiso que yo me quedara con la casa por lo cual un tiempo después yo me mudé a esta casa, con mi marido y mi hija, en este momento tengo una hija de 24 y una de 14, hace 22 años vivo acá y pago los impuestos, le he hecho todos los arreglos necesarios a la casa, en estos días me ha escrito mi tía que quiere que le pague un alquiler por vivir ahí, mi mamá está de acuerdo con que yo viva acá al igual que mis hermanos, hay alguna forma de después de tantos años viviendo acá poder hacer algo para que no me desalojen? Le tengo que pagar alquiler a mi tía si nadie ha hecho ninguna sucesión? Mi mamá me puede heredar en vida su 50% de la herencia que le quedo al morir mi abuela? Muchas gracias por su ayuda.
Cabe aclarar que yo padezco fibromialgia y fatiga crónica, motivo por el cual no puedo trabajar ni me dan subsidio ya que la enfermedad no está incluida, a pesar de tener un 86% de incapacidad firmado por un médico, por eso es que no poseo el dinero para pagarle alquiler ni mi hija ya que es la que me ayuda con mis gastos e internaciones.
Las circunstancias personales, el tiempo que lleves viviendo ahí, hijos y demás, son irrelevantes. Si la vivienda es propiedad de tu madre y de tu tía al 50% por herencia (si es que la herencia ha sido así), son estas las que tienen derecho de uso no exclusivo a partes iguales, y no puede vivir nadie sin el acuerdo de ambas (o mediante alquiler o como vean). Cuando fallezca tu madre si heredas su 50% (eso lo decidiría tu madre, si hay más hermanos) sí que podrás vivir ahí, pero siempre de forma no exclusiva, sin impedir que también tu tía disfrute de la vivienda, o también te podrán desahuciar. Lo que podéis hacer es comprarle a tu tía su parte de vivienda mediante extinción de condominio, o interponer una demanda de división de la cosa común (para que uno le compre su parte al otro, el que más pague, o se venda/subaste la vivienda). Pero lógicamente si la vivienda es de las dos, por herencia o por la razón que sea, no puede hacer uso exclusivo solo una de las partes.