Por favor, alquien me podria decir si llegado el momento de la entrevista con la policia estuviera cobrando sóllo la ayuda de los 400 euros, sirve esto para demostrar medios económicos, o me denegarán la nacionalidad por residencia?
Ya se ha escrito en este foro respuestas a preguntas como la que usted plantea.
Los requisitos debe haberlos cumplido, íntegramente, al momento de presentar la solicitud. Si lo presentó todo en ese momento, es lo que se tiene en cuenta.
En la entrevista con la Policía, solo se pide documentos para comprobar que, en efecto, la residencia del sujeto en España es, además de legal, efectiva y a partir de ello, elaborar el informe, consultando las bases de datos de la propia Policía.
La nacionalidad solo puede denegarse por no cumplirse con los requisitos o por razonados motivos de orden público o seguridad del Estado.
Y los requisitos fundamentales, que exige la Ley (Código Civil), son residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición, buena conducta cívica y suficiente grado de integración en la sociedad española. Los medios de vida, vienen fijados en el Reglamento de la Ley de Registro Civil y se trata de una exigencia genérica, para la que vale cualquier medio de prueba admitido en Derecho. Realmente, en materia de nacionalidad, los medios de vida no juegan el mismo rol que en Extranjería: mientras en Extranjería, ocupan un lugar fundamental, al punto de que viene marcado al detalle la forma de acreditarlos y las cuantías mínimas; en el proceso de adquisición de la nacionalidad española por residencia, solo se hace referencia a ellos en el Reglamento y de manera genérica, lo que abre la puerta a que se pueda aportar cualquier medio y a que se tenga en cuenta las circunstancias personales del sujeto.