Normalmente los empleadores que hagan un contrato de hogar no alcanzarán los medios económicos requeridos con su pensión. Para justificar que cumple los requisitos, también se puede presentar un certificado de saldo bancario con la cantidad requerida. En ese caso, los hijos pueden transferir dinero a esa cuenta a nombre del empleador para complementar el requisito.
En relación con los medios económicos para contratar una cuidadora o empleada de hogar, ¿ conque medios se puede garantizar que se reúnen las condiciones económicas? ¿ si el empleador no llega a la cantidad exigida, pueden los hijos complementarlo?¿ cuando hay que justificar los medios económicos y a quien se le entrega la documentación justificativa?
Gracias
Es antigua, pero creo que puede valer si actualizamos los índices.
Ahí te habla de sumar también la seguridad social que hay que pagar al empleador.
En otro lado también habla de sumar varias casillas de la declaración de la renta.
Hola, tengo una última duda al respecto. El caso concreto que me ocupa es un empleador que vive con su pareja, con la cuál no está casado, pero sí están empadronados.
Este empleador no tiene hijos. Supongo que en este caso, el indicador que se toma en cuenta es el 100 % del IPREM. Mi pregunta es... si estuviera casado con su pareja, y esta no trabajara, se consideraría que ella vive a su cargo, y por lo tanto habría que acreditar el 200 % del IPREM, o sólo se consideran "a cargo" los hijos? Perdona las molestias, y gracias por tu ayuda. Saludos
Unidad familiar (su esposa y empleador 1065,02) por cada hijo, 266, 26. Total 1.597,54, si fuera un solo empleador, al ser dos sera la mitad, 798,77. Ten en cuenta que el salario mínimo con pagas incluidas debe ser unos 750 euros mensuales. En este caso cada empleador pagaría 375 euros, con una nómina de 1200 euros sería suficiente.
Hola, gracias por responder. Yo me refiero a los medios económicos que se requieren en el caso de que el empleador sólo vaya a contratar 4 horas, puesto que las otras 4 horas restantes las va a contratar otro empleador.
Por ejemplo, ¿que nómina tendría que poseer un empleador con dos hijos a cargo, que quiere contratar 4 horas a una empleada, pagándole el smi? saludos
Contar con un contrato de trabajo firmado por el trabajador y empleador, para un periodo no inferior a un año. La empresa o el empleador deben encontrase inscritos en la Seguridad Social, así como hallarse al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
La empresa también deberá garantizar la actividad continuada, disponer de medios económicos, materiales o personales para hacer frente a su proyecto empresarial y a las obligaciones derivadas del contrato. Si es una persona física deberá acreditar, una vez descontado el pago del salario convenido, el 100% del IPREM si no hay familiares a su cargo (532,51 euros mensuales en este año 2013).
Si la unidad familiar incluye dos miembros el 200% (1065,02 euros en este año 2013). Si la unidad familiar incluye más de dos personas se deberá sumar a la cantidad anterior el 50 % del IPREM por cada miembro adicional (1065,02 266,26 euros).
Hola. He estado leyendo bastante por internet acerca de los medios económicos requeridos para un empleador que quiere contratar a una empleada de hogar, y la verdad que me surgen algunas dudas:
1- En el caso de unidad familiar de un solo miembro,se refiere a un miembro a parte del empleador?
2- En caso de unidad de un solo miembro, se pide el 100% IPREM más el salario que pague a la empleadora, pero ¿hay que sumar también cuotas a la seguridad social? ¿que cantidad es la cuota?¿cómo calcular la cuota que hay que pagar a la seguridad social?.
3- En el caso que en lugar de un solo empleador, quisiéramos hacer dos contratos de 4 horas cada uno, para una misma empleada, contratada por dos empleadores diferentes...¿qué medios económicos tienen que aportar cada empleador?.
4-Mi última pregunta es respecto al empadronamiento. ¿Debe estar empadronada la empleada en el mismo lugar de los empleadores?